🔎 Puntos clave
- Varios plazos importantes de 2026 ya han pasado (pasaporte de prevención, marquesinas fotovoltaicas, traslados de residuos, VLEP de acrilonitrilo y benceno, MACF, EmpCO, auditoría energética y etiquetado de PFAS): la pregunta ya no es «cómo anticiparse», sino «¿está usted en cumplimiento?».
- 21 de noviembre de 2026 : prohibición de las exportaciones de residuos plásticos a países no pertenecientes a la OCDE.
- 1 de enero de 2027 : inicio operativo del sistema de REP para envases profesionales.
- La CSRD y la CS3D han sido aplazadas por el paquete Omnibus europeo: no base sus presupuestos 2026-2027 en los plazos anteriores.
El año 2026 es un año decisivo para el cumplimiento de HSE y RSE, pero se interpreta de forma distinta según si nos situamos en enero o en noviembre. Parte de las obligaciones ya están en vigor y se están controlando ahora; se acerca un último plazo antes de finales de año, mientras que otras obligaciones han sido aplazadas; un tercer grupo ha sido pospuesto por la reforma Omnibus y ya no debe condicionar sus decisiones a corto plazo. Hemos estructurado este calendario para que pueda distinguir inmediatamente entre los tres.
Sobre el mismo tema: repetición del seminario web de Tennaxia de mitad de año sobre las normativas HSEE 2026. ¿Necesita ayuda con su vigilancia normativa HSE o su asesoría en RSE? Contáctenos.
1. Clima, Energía y Edificios
✅ En vigor desde el 1 de julio de 2026: aparcamientos verdes (ley APER)
A verificar ahora mismo: si su aparcamiento exterior, existente a 1 de julio de 2023, alcanza 10 000 m² o más, la obligación se aplica desde el 1 de julio de 2026, salvo calendario específico para los aparcamientos gestionados en concesión o delegación de servicio público. Al menos la mitad de la superficie del aparcamiento debe estar sombreada según una de las modalidades previstas por la ley APER.
Se admiten tres opciones:
- marquesinas que integren una producción de energía renovable en toda la superficie que proporciona sombra;
- una solución mixta, con marquesinas que cubran al menos el 35 % de la mitad de la superficie a equipar y dispositivos vegetales que den sombra al resto;
- un dispositivo de producción de energía renovable sin marquesina, siempre que permita una producción equivalente.
Los aparcamientos de más de 1.500 m² y menos de 10.000 m² tienen como fecha límite el 1 de julio de 2028. La ley prevé exenciones, especialmente en caso de limitaciones técnicas, de seguridad, arquitectónicas o patrimoniales, o si el coste de las obras es económicamente inasumible. También son posibles ciertos aplazamientos bajo condiciones: no constituyen un aplazamiento general de la fecha límite.
✅ En vigor desde el 11 de octubre de 2026: reducción del umbral para la auditoría energética
Lo que debe hacer antes del 11 de octubre de 2026: realizar su primera auditoría energética (o implementar un sistema de gestión de la energía, SGEn) si su consumo anual medio de energía final es igual o superior a 2,75 GWh, un umbral que sustituye a los antiguos criterios (250 empleados, facturación > 50 M€, balance > 43 M€) e incorpora a un nuevo grupo de empresas al ámbito reglamentario. Las auditorías deben renovarse cada 4 años.
Más allá de la formalidad, la auditoría se convierte en una verdadera herramienta de gestión de sus costes energéticos en un contexto de precios volátiles.
Objetivo 2027-2028
- 11 de octubre de 2027 : las empresas con un consumo igual o superior a 23,6 GWh/año deberán implementar un sistema de gestión de la energía (SGEn) certificado por un organismo acreditado (mediante ISO 50001 o equivalente, salvo exención para empresas ya certificadas en ISO 14001 con una auditoría energética conforme, o bajo contrato de rendimiento energético). La preparación debe comenzar en 2026.
- 1 de enero de 2028 : los edificios comerciales, industriales, de oficinas, almacenes, escolares, hospitalarios o aparcamientos cubiertos (existentes a 1 de julio de 2023) con una superficie ocupada de al menos 500 m² deberán integrar producción de energía renovable o cubiertas vegetales. Existen exenciones por razones técnicas, de seguridad, arquitectónicas, patrimoniales o económicas. Los criterios de aplicación deben ser precisados por decreto; también existen disposiciones específicas para ciertas instalaciones clasificadas para la protección del medio ambiente (ICPE). Inclúyalo en sus planes plurianuales de inversión.
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2. Riesgos químicos, salud y RR. HH.
✅ En vigor desde el 16 de marzo de 2026: el pasaporte de prevención
Desde el 16 de marzo de 2026, el acceso del empleador al pasaporte de prevención est abierto. Hasta el 31 de diciembre de 2026, debe declarar en él las formaciones obligatorias reguladas por la normativa y aquellas requeridas para puestos que necesiten una autorización o habilitación por parte del empleador. Verifique también que los organismos de formación declaren las formaciones que les corresponden. Este dispositivo hace obligatoria la centralización de los datos (el fin de las hojas de cálculo Excel aisladas entre HSE y RR. HH.) y asegura tanto la trayectoria del empleado como a su empresa en caso de litigio: trazabilidad de las habilitaciones, prueba de formación en caso de accidente y simplificación de las transferencias de competencias.
Verifique con sus departamentos de RR. HH. que este tema haya sido tenido en cuenta.
✅ En vigor desde abril de 2026: VLA de acrilonitrilo y benceno más estrictos
El decreto n.º 2024-307 del 4 de abril de 2024 (que transpone la directiva UE 2022/431) ha fijado dos plazos cercanos: desde el 5 de abril de 2026, el VLA obligatorio del acrilonitrilo (CAS 107-13-1, CMR 1B) es aplicable — 1 mg/m³ en 8 h, 4 mg/m³ en 15 min — con control anual obligatorio por un organismo acreditado por COFRAC. Desde el 6 de abril de 2026, el VLA definitivo del benceno pasa a 0,2 ppm (0,66 mg/m³ en 8 h), frente a las 0,5 ppm durante el periodo transitorio abierto en 2024. Si sus campañas de medición de 2026 aún no se han realizado para una u otra sustancia, es una prioridad.
✅ En vigor desde el 23 de octubre de 2026: etiquetado de PFAS en equipos de lucha contra incendios
Desde el 23 de octubre de 2026, todo stock de espuma contra incendios (excepto extintores portátiles) y todo residuo que la contenga, siempre que la concentración de PFAS alcance 1 mg/L, debe llevar un etiquetado visible, legible e indeleble: «ADVERTENCIA: Contiene sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS) en una concentración igual o superior a 1 mg/L para la suma de todos los PFAS.»
¿Quiere saber más? Descubra nuestro artículo sobre la prohibición de los PFAS en las espumas contra incendios.
3. Residuos y sector REP
✅ En vigor desde el 21 de mayo de 2026: traslados transfronterizos de residuos
El reglamento europeo 2024/1157 es aplicable en su mayor parte desde el 21 de mayo de 2026: los procedimientos afectados se realizan de forma digital a través de la plataforma europea DIWASS. Desde esa fecha, las exportaciones de residuos plásticos a terceros países están sujetas a un procedimiento previo de notificación y consentimiento. A partir del 21 de noviembre de 2026, se prohibirán las exportaciones de residuos plásticos a países fuera de la OCDE. Una plataforma europea centraliza ahora la declaración digital de cada traslado.
⏳ 1 de enero de 2027: sector REP de envases profesionales
La entrada en vigor de la REP de envases profesionales, inicialmente prevista para julio de 2026, se ha pospuesto al 1 de enero de 2027. Verifique su estatus como productor (según el reglamento PPWR) y el carácter profesional de sus envases (decreto de perímetro). Si es productor, debe implementar un sistema individual autorizado o adherirse a un organismo colectivo con autorización para envases profesionales. Mapee sus flujos de residuos para optimizar sus costes de contribución.
A tener en cuenta
- DASRI : la digitalización de los albaranes en la plataforma Trackdéchet es posible desde junio de 2023, pero sigue siendo opcional a la espera de los textos que la hagan obligatoria.
4. Instalaciones clasificadas (ICPE) y emisiones industriales
✅ En vigor desde el 1 de enero de 2026: digitalización de las declaraciones de accidentes e incidentes en instalaciones clasificadas (ICPE)
Los operadores de instalaciones clasificadas (ICPE) deben declarar a través de un procedimiento telemático ante la inspección de instalaciones clasificadas los accidentes o incidentes ocurridos debido al funcionamiento de la instalación y que puedan afectar a los intereses protegidos en la plataforma service-public.gouv.fr. En caso de accidente, el operador también debe enviar un informe al prefecto y a la inspección. En caso de incidente, se enviará un informe a petición de la inspección. Cierta información confidencial o relativa a instalaciones específicas seguirá transmitiéndose por medios no digitales.
✅ En vigor desde el 1 de septiembre de 2026: seguimiento de los PFAS en los vertidos acuosos de ciertas instalaciones clasificadas (ICPE)
Desde el 1 de septiembre de 2026, se aplican modalidades de seguimiento de los PFAS a las instalaciones afectadas por las rúbricas ICPE contempladas en el decreto del 25 de junio de 2026 y sujetas al canon por contaminación del agua por PFAS. Según el caso, este seguimiento se basa en el autocontrol o en campañas de medición. Verifique las prescripciones aplicables a su instalación.
⏳ Directiva IED reforzada: primeras disposiciones transpuestas, calendario a seguir
La directiva IED 2.0 (UE 2024/1785) debía transponerse a más tardar el 1 de julio de 2026. La fecha de la transposición francesa completa sigue siendo incierta a día de hoy. El 3 de mayo de 2026 finalizó una consulta pública del ministerio sobre un proyecto de decreto que abarca la incineración y coincineración de residuos. El 18 de junio de 2026 se publicó un decreto relativo a las instalaciones de tratamiento de residuos. Esta publicación transpone ciertas disposiciones de la directiva IED 2.0 para las actividades afectadas; no significa que la transposición francesa esté completada en su totalidad. Una vez transpuesta íntegramente, la directiva ampliará el ámbito de aplicación (incluida la ganadería intensiva) e impondrá una auditoría del sistema de gestión medioambiental antes del 1 de julio de 2027.
A tener en cuenta
- Rúbrica ICPE de baterías : se están realizando trabajos para crear una nueva rúbrica 2926, especialmente para regular ciertas actividades de ensamblaje, reciclaje, reacondicionamiento y tratamiento de residuos de baterías. En este momento, no se ha anunciado ninguna fecha de entrada en vigor.
5. RSC, comunicación y Gobernanza
✅ En vigor desde el 1 de enero de 2026: fase definitiva del MACF
El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MACF/CBAM) entró en su fase definitiva el 1 de enero de 2026 para seis categorías de productos (acero, aluminio, cemento, fertilizantes, hidrógeno y electricidad; un total de 567 códigos, siendo el acero responsable de más del 70 % del valor del comercio afectado). La simple declaración ya no es suficiente: el régimen definitivo exige la compra efectiva de certificados de carbono. La venta de certificados comenzará en febrero de 2027. Para las importaciones de 2026, la primera declaración y la entrega de los certificados correspondientes deberán realizarse a más tardar el 30 de septiembre de 2027. En 2026, se aplica un umbral único de 50 toneladas de mercancías MACF a los importadores afectados: verifique si su empresa entra en el ámbito de esta obligación y, de ser así, considere integrar este coste de carbono aduanero en sus decisiones de aprovisionamiento desde ahora.
✅ En vigor desde el 27 de septiembre de 2026: aplicación de la directiva contra el lavado de imagen verde (EmpCO)
La directiva EmpCO (UE 2024/825) es efectiva desde el 27 de septiembre de 2026. Las declaraciones medioambientales genéricas como «neutro en carbono» o «eco-responsable» están prohibidas cuando no se basan en un desempeño medioambiental excelente, reconocido y pertinente para dicha declaración. Ciertas declaraciones de neutralidad climática basadas en la compensación de carbono también están prohibidas para los productos. Fundamente sus comunicaciones en certificaciones oficiales (Etiqueta Ecológica) y en análisis de ciclo de vida.
CSRD: qué ha cambiado con el paquete Omnibus
El paquete Omnibus ha modificado tanto el calendario como el alcance de la directiva. La Directiva (UE) 2025/794, transpuesta al derecho francés mediante la ley n.º 2025-391 del 30 de abril de 2025, ha pospuesto ciertos plazos. La Directiva Omnibus I (UE) 2026/470 ha restringido posteriormente el ámbito de aplicación de la CSRD.
- A partir de los ejercicios iniciados en 2027, las nuevas normas europeas se dirigen a las empresas que superen simultáneamente los 1 000 empleados y los 450 millones de euros de cifra de negocios neta.
- Las PYME cotizadas ya no figuran en el ámbito de la CSRD según estas normas.
- Las empresas que sigan estando sujetas a partir del ejercicio 2027 publicarán su primer informe en 2028. Para los ejercicios 2025 y 2026, la directiva permite a los Estados miembros eximir a ciertas empresas que no alcancen estos umbrales: su situación depende de las medidas nacionales aplicables.
En términos prácticos, si usted es una empresa de tamaño intermedio que pensaba que debía publicar en 2027, verifique primero si permanece en el ámbito revisado: según los nuevos umbrales, algunas empresas pueden quedar fuera, mientras que aquellas que permanezcan publicarán en 2028 su informe correspondiente al ejercicio 2027. La recopilación de datos ESRS sigue siendo una tarea que es mejor estructurar con antelación en lugar de hacerlo con urgencia.
CS3D/CSDDD: el deber de diligencia también se pospone
La misma lógica para la CS3D : la directiva Omnibus I (UE 2026/470) ha modificado el calendario y el alcance de la CSDDD. A nivel europeo, los Estados miembros deben transponer las nuevas disposiciones a más tardar el 26 de julio de 2028; serán aplicables a partir del 26 de julio de 2029. El ámbito revisado se dirige a las empresas que superen simultáneamente los 5 000 empleados y los 1 500 millones de euros de facturación neta. Las empresas afectadas ya están mapeando los riesgos de su cadena de suministro, y las pymes reciben cuestionarios de cumplimiento por parte de sus clientes; una consultoría de RSC puede ayudarle a estructurar estas respuestas sin esperar al plazo legal.
Calendario resumen
Preguntas frecuentes
¿Qué obligaciones de HSE y RSC para 2026 quedan pendientes para finales de año?
El próximo plazo cercano es el 21 de noviembre de 2026: a partir de esa fecha, se prohibirán las exportaciones de residuos plásticos a países fuera de la OCDE. El sistema de REP para envases profesionales comenzará a operar el 1 de enero de 2027.
¿Es obligatoria la CSRD en 2026 para las empresas no cotizadas?
El hecho de no cotizar en bolsa no es suficiente para determinar si una empresa está afectada. Algunas empresas no cotizadas pueden estar sujetas a las obligaciones aplicables en 2026, mientras que otros plazos han sido pospuestos. Para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2027, las nuevas normas europeas se dirigen a las empresas que superen simultáneamente los 1 000 empleados y los 450 millones de euros de facturación neta.
¿Qué cambia con la CS3D en 2026?
Nada inmediato para las empresas: la transposición nacional se ha pospuesto al 26 de julio de 2028 y la aplicación para los grandes grupos al 26 de julio de 2029.
¿Quién está afectado por la obligación de instalar marquesinas fotovoltaicas en los aparcamientos?
Los aparcamientos exteriores de 10 000 m² o más, existentes a 1 de julio de 2023, que deben equipar la mitad de su superficie desde el 1 de julio de 2026, salvo exención validada legalmente.
Conclusión
2026 habrá sido un año de cambio normativo, pero no de la forma en que a menudo se presenta: una parte de las obligaciones ya ha quedado atrás y se está verificando ahora, un próximo plazo llega el 21 de noviembre, mientras que la REP de envases profesionales se ha pospuesto al 1 de enero de 2027, y los proyectos más pesados (CSRD, CS3D) han sido en realidad retrasados por la reforma Omnibus. El verdadero riesgo hoy no es perderse un plazo futuro, sino seguir gestionando sus presupuestos con un calendario obsoleto. Haga balance de su cumplimiento en HSE, RSC y carbono ahora, en lugar de esperar a 2027.
Fuentes y referencias
- Decreto n.º 2024-307 del 4 de abril de 2024, que transpone la directiva (UE) 2022/431 — VLEP acrilonitrilo y benceno.
- service-public.gouv.fr — declaración digital de accidentes e incidentes ICPE.
- Reglamento (UE) 2024/1157 del 11 de abril de 2024 — traslados transfronterizos de residuos.
- Directiva (UE) 2024/1785 del 24 de abril de 2024 — revisión de la directiva IED (emisiones industriales).
- Directiva (UE) 2024/825 del 28 de febrero de 2024 («EmpCo») — alegaciones medioambientales, aplicación el 27 de septiembre de 2026.
- Directiva (UE) 2025/794 del 14 de abril de 2025 («Omnibus») + Ley n.º 2025-391 del 30 de abril de 2025: aplazamiento de los calendarios CSRD y CSDDD.
- Directiva (UE) 2024/1760: diligencia debida de las empresas (CS3D/CSDDD).
- Directivas CSRD y CSDDD: modificación de los calendarios de aplicación — Bureau Veritas
- EmpCO 2024/825: entrada en vigor el 27 de septiembre de 2026 — Nomos
- MACF/CBAM: fase definitiva 2026, guía para importadores — Normativa medioambiental
- Benceno: valores límite de exposición profesional — INRS
- VLEP 2026: nuevos valores límite químicos en el trabajo — Normativa medioambiental
- Directiva IED: emisiones industriales en 2026 — Normativa medioambiental
- Incineración de residuos: el gobierno inicia la transposición de la directiva IED revisada — Banque des Territoires
- Directiva (UE) 2026/470 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de febrero de 2026, por la que se modifican las Directivas 2006/43/CE, 2013/34/UE, (UE) 2022/2464 y (UE) 2024/1760 en lo que respecta a determinados requisitos de información sobre sostenibilidad aplicables a las empresas y determinados requisitos relativos a la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad




