🔎 Puntos clave
Dada la urgencia climática, la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y, en términos más generales, nuestro impacto positivo o negativo en el medio ambiente y la sociedad son temas que afectan a todos los sectores de nuestra economía.
Sin embargo, uno de los pilares de cualquier actividad económica es su financiación. Al impulsar una nueva dinámica en el sistema financiero y animar a los inversores a priorizar sectores que contribuyan a la transición ecológica y a un modelo de crecimiento sostenible, las autoridades europeas esperan generar un impacto amplio, al tiempo que fomentan la responsabilidad en el sector financiero y en quienes participan en él.
Con este objetivo se implementó el reglamento SFDR.
Reglamento SFDR: ¿qué es?
El SFDR, por sus siglas en inglés (Sustainable Finance Disclosure Regulation), es una normativa europea cuyo objetivo es promover las inversiones en activos financieros considerados sostenibles y aumentar la transparencia de estos productos financieros en cuanto a su contribución (o falta de ella) al desarrollo sostenible, a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y a la consideración de factores sociales.
Este reglamento obliga, en particular, a los actores financieros a ser más transparentes sobre los fondos que gestionan o financian, informando a los inversores sobre la "sostenibilidad" de los productos de inversión que comercializan, así como sobre el impacto de los cambios climáticos y sociales en su posible rentabilidad. De este modo, se aplica un sistema de doble materialidad.
Para ello, el SFDR permite clasificar los fondos de inversión en diferentes categorías según sus impactos sociales y medioambientales.
Los fondos de los artículos 6, 8 y 9
Los fondos se clasifican así en tres categorías distintas: fondos "artículo 6", "artículo 8" y "artículo 9", que permiten a los inversores tomar decisiones informadas sobre la sostenibilidad del producto financiero en el que invierten.

Fondos del artículo 6: se trata de fondos que no tienen objetivos explícitos de inversión sostenible. También se denominan "fondos sin objetivo de sostenibilidad". No están obligados a integrar una dimensión ESG en sus procesos de inversión, pero deben divulgar información básica sobre los riesgos en materia de sostenibilidad.
Fondos artículo 8: se trata de fondos que tienen objetivos de sostenibilidad sin reglas particularmente restrictivas. También se denominan "fondos con objetivo de sostenibilidad". Están diseñados para promover características medioambientales o sociales en sus inversiones. Estos fondos integran factores ESG en su proceso de inversión y definen objetivos de sostenibilidad específicos en su política de inversión.
Fondos artículo 9: se trata de los fondos más avanzados en materia de sostenibilidad, también llamados "fondos superverdes" o "dark green". Deben contribuir de manera sustancial a los objetivos de sostenibilidad de la UE, como el Acuerdo de París sobre el clima. Estos fondos están obligados a integrar significativamente los factores ESG en sus decisiones de inversión. Deben contar con mecanismos de verificación independientes para evaluar su impacto en la sostenibilidad.
¿Por qué hablamos de finanzas verdes?
El SFDR es una de las herramientas implementadas para contribuir al desarrollo de lo que comúnmente se denomina "finanzas verdes" o "finanzas sostenibles". Se trata, en particular, de reorientar las inversiones hacia actividades con un impacto positivo en el medio ambiente y la sociedad, y especialmente de valorar aquellas que se comprometen con proyectos de descarbonización. Entre estas herramientas, también encontramos instrumentos como los bonos verdes o la taxonomía europea.
El objetivo declarado es asignar mejor los recursos financieros teniendo en cuenta, no solo el rendimiento financiero a corto plazo y el criterio de rentabilidad, sino también equilibrar la balanza con el criterio de sostenibilidad.
Elanálisis de doble materialidad de los productos financieros introducido por el SFDR y la noción de DNSH (Do Not Significantly Harm) permite tener mejor en cuenta este nuevo equilibrio al privilegiar una visión a largo plazo. Invertir en un producto basándose únicamente en su criterio de rentabilidad puede volverse arriesgado si este corre el riesgo de verse afectado por las consecuencias del cambio climático. Por lo tanto, es mejor invertir en productos menos arriesgados a medio y largo plazo que valoren las actividades "sostenibles".
¿Cuáles son los principales objetivos del reglamento SFDR?
El reglamento europeo persigue cuatro grandes objetivos:
Mejorar la transparencia: El SFDR busca aumentar la transparencia de los productos financieros exigiendo que las sociedades gestoras, los inversores y los asesores financieros transmitan información sobre la sostenibilidad de sus productos y actividades siguiendo un análisis de doble materialidad. Esto debe permitir a los inversores tomar decisiones más informadas teniendo en cuenta los factores de sostenibilidad.
Fomentar la inversión sostenible: Al obligar a los actores del sector financiero a divulgar información sobre sostenibilidad, el SFDR busca fomentar la inversión en proyectos y empresas que tengan un impacto positivo en el medio ambiente y la sociedad. Esto debería, a largo plazo, favorecer la transición hacia una economía más sostenible.
Alinear las inversiones con los objetivos de sostenibilidad de la UE: El SFDR contribuye a la alineación de las inversiones con los objetivos de sostenibilidad de la Unión Europea, como el Acuerdo de París sobre el clima y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas. Fomenta las inversiones en proyectos y empresas que contribuyen a alcanzar dichos objetivos.
Prevenir el lavado de imagen ecológico (greenwashing): El SFDR tiene como objetivo evitar la práctica del "greenwashing", que consiste en presentar de forma engañosa un producto financiero como más sostenible de lo que realmente es. Al imponer normas estrictas de divulgación sobre los riesgos y oportunidades relacionados con los criterios ESG, el reglamento busca garantizar que la información proporcionada a los inversores sea precisa y fiable.
¿Qué empresas y productos están sujetos a este reglamento?
El SFDR se aplica a dos tipos de perfiles:
- los participantes en los mercados financieros (gestores de activos, compañías de seguros, entidades de crédito, etc.)
- los asesores financieros, entre los que se incluyen los actores de la primera categoría cuando prestan servicios de asesoramiento en inversiones
Tienen la obligación legal de proporcionar información sobre la sostenibilidad de los productos financieros que recomiendan y de clasificarlos según los criterios de sostenibilidad establecidos en dicha normativa (artículos 6, 8 y 9). Los gestores de fondos también deben facilitar información que justifique su proceso de toma de decisiones de inversión.
Cronología de la normativa SFDR
El SFDR es un componente del Pacto Verde Europeo, cuyo objetivo es alcanzar la neutralidad climática para 2050 y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero de los países de la Unión Europea en un 55% para 2030 en comparación con los niveles de 1990.
Este Pacto Verde Europeo se implementó en la Unión Europea para alcanzar los objetivos fijados por el Acuerdo de París sobre el clima, ratificado en 2015.
El SFDR es un reglamento europeo del 27 de noviembre de 2019, vigente desde el 10 de marzo de 2021. Se amplió en abril de 2022 con la adopción de las RTS (Normas Técnicas de Regulación), efectivas desde el 1 de enero de 2023.
Las RTS son normas de elaboración de informes a las que deben ajustarse los participantes en los mercados financieros para proporcionar información sobre las posibles incidencias de los productos financieros en la sostenibilidad, así como los modelos de información precontractual y periódica que deben transmitirse a los inversores.
Por último, desde septiembre de 2023, la Comisión Europea ha lanzado una doble consulta que, en una primera parte, busca recopilar testimonios sobre la percepción que tienen los distintos actores de los requisitos del reglamento y de las normas de información asociadas.
La segunda parte de la consulta, realizada a un público más reducido, tiene como objetivo evaluar con precisión la pertinencia de la normativa y la clasificación de los fondos en las categorías 6, 8 y 9, proponiendo alternativas.
Reglamento SFDR y taxonomía europea: lo que hay que saber
El SFDR debe ponerse en paralelo con la taxonomía europea, conocida como taxonomía verde.
Como se mencionó anteriormente, la taxonomía verde es también una de las herramientas implementadas en la Unión Europea en el marco del Pacto Verde.
La taxonomía verde europea se centra en la clasificación de las actividades económicas sostenibles, mientras que el SFDR se enfoca en la transmisión de información específica sobre sostenibilidad en el sector financiero.
Ambas iniciativas buscan promover la sostenibilidad en el sector financiero, pero con objetivos y enfoques diferentes.
La taxonomía europea es una clasificación de las actividades económicas que contribuyen de manera efectiva a los objetivos de sostenibilidad medioambiental de la UE. Define criterios precisos para determinar qué actividades económicas se consideran sostenibles.
La taxonomía verde abarca seis objetivos de sostenibilidad medioambiental:
- la mitigación del cambio climático
- la adaptación al cambio climático
- el uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos,
- la transición hacia una economía circular
- la prevención y el control de la contaminación
- la protección y la restauración de la biodiversidad y los ecosistemas.
Está destinada principalmente a ser utilizada por empresas e inversores para identificar y promover inversiones verdes conformes a los objetivos de sostenibilidad de la Unión Europea.
Ambas iniciativas son complementarias, en la medida en que la taxonomía verde puede ayudar a los actores financieros a identificar inversiones conformes a los objetivos de sostenibilidad, mientras que el SFDR garantiza la transparencia sobre cómo se gestionan y comunican dichas inversiones a los inversores.
Algunas limitaciones
Finalmente, ¿qué es una inversión sostenible?
Desde la implementación del reglamento SFDR, parece existir cierta confusión sobre la diferencia entre lo que puede considerarse un fondo artículo 8 y un fondo artículo 9.
Toda la dificultad reside en la definición de lo que constituye una inversión sostenible.
El SFDR especifica, en particular, que los fondos artículo 9 deben integrar el concepto de DNSH (Do No Significant Harm), es decir, que su objetivo no debe perjudicar ninguno de los objetivos medioambientales o sociales contemplados en la taxonomía verde.
Esta definición sigue siendo relativamente vaga, ya que cada actor financiero puede tener su propia interpretación.
Así, la entrada en vigor de las RTS provocó, a finales de 2022, la reclasificación masiva de fondos del artículo 9 al artículo 8.
Se solicitó a la Comisión Europea que aportara precisiones sobre los criterios de sostenibilidad para definir un fondo artículo 9. Sin embargo, en una carta del 14 de abril de 2023, indicó que no respondería a esta cuestión y dejaría que el sector financiero decida por sí mismo qué considera un activo sostenible.
Una crítica a los fondos «superverdes»
Los fondos artículo 9, o «Dark Green», están en el centro de todas las miradas.
En 2022, un consorcio de periodistas, entre ellos Follow the Money y Le Monde, publicó una investigación titulada “The great green investment investigation” en la que analizaron 838 fondos «superverdes» de los 1141 existentes en el momento de su estudio. Estos 838 fondos representaban entonces un volumen de inversión de 619 000 millones de euros.
Observaron que, aunque se consideraban artículo 9, casi la mitad de ellos invertía en los sectores de la aviación y las energías fósiles, lo que ponía en entredicho los criterios de clasificación establecidos por el SFDR.
Del mismo modo, en un estudio publicado en marzo de 2023, titulado "How Green is Dark Green ?", los investigadores financieros de la Universidad de Zúrich, Marc Chesney y Adrien-Paul Lambillon, examinaron de cerca los fondos etiquetados como «artículo 9», así como las empresas que se benefician de ellos. Señalan que, aunque estos fondos artículo 9 se consideran más sostenibles en teoría, muchos activos incluidos en esta categoría no lo son realmente.
Sus resultados ponen de manifiesto que los gestores de fondos de inversión parecen privilegiar a las grandes multinacionales, capaces de movilizar importantes recursos para mejorar su «puntuación ecológica» (estrategia de cero emisiones netas, calificaciones ESG) sin que ciertas violaciones de los principios clave del Pacto Mundial de las Naciones Unidas o de las directrices de la OCDE tengan un impacto significativo en dicha puntuación.
Por el contrario, las empresas de menor envergadura, más responsables desde el punto de vista medioambiental y social, ven cómo su impacto positivo se minimiza y, por tanto, reciben menos inversión.
Conclusión
En conclusión, al establecer el SFDR, la Unión Europea ha enviado una señal clara de su voluntad de desarrollar un sistema de finanzas sostenibles innovador. El SFDR es un instrumento clave para reorientar las inversiones hacia actividades con un impacto positivo en el medio ambiente y la sociedad, acelerando así su desarrollo. Complementa herramientas como la taxonomía verde o la CSRD en la transición europea hacia una economía sostenible.
Ante las limitaciones del sistema inicial, la Unión Europea ha iniciado una reforma integral del SFDR. El objetivo es superar la lógica ambigua de los artículos 8 y 9 en favor de categorías de inversión más estrictas y mejor armonizadas con la directiva CSRD, aplicando al mismo tiempo las nuevas directrices de la ESMA sobre la denominación de los fondos para erradicar el lavado de imagen verde (greenwashing).
Síntesis
Fuentes:
- “SFDR: ¿El fin próximo de los fondos artículos 8 y 9?”, Novethic Essentiel, 15/09/2023
- “Finanzas sostenibles: riesgos de greenwashing en el SFDR”, Youmatter, 10/07/2023
- “SFDR (Reglamento de Divulgación de Finanzas Sostenibles): definición, explicaciones, retos…”, Youmatter, 16/05/2023
- “Decisión de la Comisión Europea sobre las respuestas a las preguntas de interpretación del Derecho de la Unión presentadas el 9 de septiembre de 2022 por las AES sobre el SFDR”, ESMA (Autoridad Europea de Valores y Mercados), 05/04/2023
- “¿Qué tan verde es el ‘verde oscuro’? Un análisis de los fondos del artículo 9 del SFDR”, SSRN, 28/02/2023
- “La gran investigación sobre inversión verde”, Follow the Money, 29/11/2022
- “Finanzas sostenibles: comprenda bien la Taxonomía y el reglamento SFDR para expresar sus preferencias”, Autorité des Marchés Financiers, 06/10/2022
- “Un paso importante para las finanzas sostenibles en Europa: las obligaciones de transparencia creadas por la entrada en vigor del reglamento SFDR”, Autorité de contrôle prudentiel et de résolution (Banque de France), 01/04/2021
- “Divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros”, Comisión Europea





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