Los delegados de personal (DP), el comité de empresa (CE) y el comité de higiene, seguridad y condiciones de trabajo (CHSCT) serán sustituidos por el comité social y económico (CSE).
Una ordenanza del 22 de septiembre de 2017 [1] (una de las 5 ordenanzas "Macron") fusiona efectivamente estas instituciones representativas del personal. La ordenanza crea en la segunda parte legislativa del código laboral los artículos L. 2311-1 a L. 2321-10, que tratan sobre el comité social y económico.
Le presentamos esta nueva instancia, centrándonos especialmente en sus atribuciones y normas de funcionamiento en relación con las cuestiones de salud, seguridad y condiciones de trabajo.
Implementación del Comité social y económico
Debe constituirse un CSE en empresas de al menos 11 empleados si se alcanza esta plantilla durante al menos 12 meses consecutivos. El mandato de sus miembros es de 4 años. No obstante, un acuerdo sectorial, de grupo o de empresa puede fijar una duración del mandato de entre 2 y 4 años.
En empresas con al menos dos centros de trabajo distintos se constituirán CSE de centro y un CSE central de empresa. En este caso, un acuerdo de empresa determinará el ámbito de los centros distintos (número y atribuciones de los representantes de proximidad, especialmente en materia de salud, seguridad y condiciones de trabajo; modalidades de designación, etc.). A falta de acuerdo, el empleador fijará el número y el ámbito de los centros distintos.
Atribuciones del CSE en materia de salud, seguridad y condiciones de trabajo
Reuniones del Comité Social y Económico
El Comité Social y Económico se reúne con la siguiente periodicidad:
Comisión de Salud, Seguridad y Condiciones de Trabajo (CSSCT)
Se crea una comisión de salud, seguridad y condiciones de trabajo:
- en empresas y establecimientos distintos con al menos 300 empleados;
- en las instalaciones Seveso de umbral alto (empresas de más de 50 empleados);
- en instalaciones nucleares básicas (INB), instalaciones de almacenamiento subterráneo, minas y yacimientos geotérmicos (empresas de más de 50 empleados).
No obstante, el inspector de trabajo puede imponer la creación de una CSSCT en empresas o establecimientos distintos que tengan entre 50 y 299 empleados cuando considere necesaria esta medida, especialmente debido a la naturaleza de las actividades, la distribución o el equipamiento de las instalaciones.
A esta comisión se le confían parte o la totalidad de las atribuciones del CSE relativas a la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo, a excepción del recurso a un experto y las atribuciones consultivas del CSE. Está presidida por el empleador o su representante e incluye al menos a tres representantes del personal. Sus miembros son designados por el CSE de entre sus miembros por una duración igual a la del mandato de los miembros del CSE.
Formación de los miembros del CSE en salud, seguridad y condiciones de trabajo
Los miembros de la CSSCT, si existe, o los miembros de la delegación del personal del CSE deben recibir la formación necesaria para el ejercicio de sus funciones en materia de salud, seguridad y condiciones de trabajo. La financiación de esta formación corre a cargo del empleador.
Para los miembros de la CSSCT, esta formación se organiza durante al menos:
- 5 días en empresas de al menos 300 empleados;
- 3 días en empresas de menos de 300 empleados.
Calendario de implementación del CSE
Los decretos, que deberán publicarse antes de finales de año, precisarán las modalidades de aplicación de las disposiciones creadas por la ordenanza. Estas nuevas disposiciones serán aplicables a partir de la fecha de entrada en vigor de los decretos y, a más tardar, el 1 de enero de 2018.
La implementación del CSE en sustitución de los DP, el CHSCT y/o el CE se realizará en función de la fecha de vencimiento de los mandatos:
Le recomendamos:
- hacer balance con su departamento de RR. HH. para definir el calendario y las modalidades de implementación del Comité Social y Económico en su empresa o establecimiento,
- esperar a la publicación de los decretos de aplicación antes de iniciar cualquier trámite.
Se han establecido otras disposiciones, no desarrolladas en este artículo. Estas se refieren, en particular, al CSE Central de empresa, al recurso a un experto habilitado en vigilancia HSE así como al modo de comunicación interna y externa.
[1] Ordenanza n.º 2017-1386 del 22 de septiembre de 2017 [JORF del 23 de septiembre de 2017]





