🔎 Puntos clave
- Se ha revisado el CTP relativo al seguimiento de los sistemas frigoríficos a presión : la versión del 8 de abril de 2026 entra en vigor a partir del 1 de agosto de 2026.
- Regula el seguimiento en servicio mediante un plan de inspección adaptado, incluyendo exenciones a ciertos requisitos convencionales de recalificación.
- La nueva versión refuerza varios puntos : expedientes de explotación, planes de inspección, verificaciones iniciales, inspecciones periódicas, recalificaciones y análisis de la experiencia operativa.
- Los planes de inspección existentes deben revisarse antes de la próxima operación de control o supervisión programada.
Generalidades sobre el seguimiento en servicio de los equipos a presión y los recipientes a presión simples
Los equipos a presión y los recipientes a presión simples son recipientes, tuberías, accesorios de seguridad y accesorios a presión cuya presión máxima admisible PS es superior a 0,5 bar.
El seguimiento en servicio de estos equipos a presión, cuando estén sujetos a ello, debe realizarse de conformidad con la orden del 20 de noviembre de 2017:
- ya sea sobre la base de las inspecciones y recalificaciones periódicas prescritas por dicha orden;
- o bien siguiendo un plan de inspección redactado por una persona competente bajo la responsabilidad del operador y aprobado por un organismo habilitado, un Servicio de Inspección Reconocido (SIR) o por el operador para las tuberías no sujetas a recalificación (es decir, tuberías no sujetas a declaración ni a control de puesta en servicio).
Los planes de inspección deben establecerse de acuerdo con las guías profesionales o los cuadernos técnicos profesionales (CTP) aprobados mediante decisión ministerial que figuran en el anexo 2 de la orden del 20 de noviembre de 2017.
Entre estos documentos, el CTP para el seguimiento en servicio de los sistemas frigoríficos a presión permite supervisar los recipientes o compartimentos de recipientes, las tuberías y sus accesorios a presión que constituyen un sistema frigorífico que contiene fluido refrigerante, así como los accesorios de seguridad que los protegen.
Este CTP se ha actualizado recientemente. A partir del 1er de agosto de 2026, deberá tenerse en cuenta la versión del 8 de abril de 2026 (a excepción de sus apartados E.1.2.3 a E.1.2.5, que no han sido aprobados).
¿Por qué realizar el seguimiento de estos sistemas frigoríficos a presión mediante un CTP?
Dadas sus particularidades, los sistemas frigoríficos a presión requieren un CTP. En efecto, estos sistemas:
- deben permanecer generalmente operativos para garantizar la continuidad de la producción de frío, indispensable para preservar productos alimentarios, así como para la protección de centros de datos y sistemas de seguridad, entre otros;
- no toleran la introducción de humedad en los circuitos. Las combinaciones de fluidos refrigerantes y materiales previstas en el CTP no generan corrosión interna;
- están diseñados para evitar:
- las fugas de fluidos refrigerantes;
- la migración de humedad bajo el aislamiento térmico.
Las dificultades mencionadas anteriormente impiden cumplir con los requisitos de seguimiento en servicio definidos en la orden del 20 de noviembre de 2017, relativos a:
- la prueba hidráulica;
- la inspección interior;
- la verificación exterior de las paredes metálicas de los equipos aislados térmicamente.
En términos prácticos, el seguimiento en servicio conforme a este CTP permite, entre otras cosas:
- exención de la prueba hidráulica durante las recalificaciones periódicas;
- exención del decapado sistemático de los equipos durante las inspecciones y recalificaciones periódicas;
- derogar las frecuencias reglamentarias para la realización de las recalificaciones periódicas definidas en la orden del 20 de noviembre de 2017: cada 12 años para fluidos no peligrosos (frente a los 10 años de la orden) y cada 6 años para fluidos peligrosos (frente a los 5 años de la orden).
¿Cuáles son las novedades introducidas en el CTP de los sistemas frigoríficos a presión?
Entre las novedades destacables de este CTP, cabe mencionar las modificaciones realizadas en:
- Los expedientes de explotación (parte A.1 del CTP):
- nueva distinción de los documentos que deben conservarse según tres casos (equipos CE integrados en un conjunto CE, equipos CE aislados y equipos sujetos a las antiguas normativas francesas);
- adición y supresión de ciertos documentos relacionados con la explotación (como la decisión de aprobación del plan y los certificados de recalibrado de las válvulas de seguridad, que se han añadido);
- Los planes de inspección (parte A.2 del CTP). Estos planes de inspección deben incluir ahora:
- las posibles Condiciones Operativas Críticas Límite (COCL), con respecto a los modos de degradación, y sus umbrales;
- las zonas que deben inspeccionarse en función de los modos de degradación seleccionados. Esta lista se complementa, en su caso, con los controles relativos a modos de degradación no previstos en el presente CTP, pero específicos del sistema frigorífico en cuestión.
- Las Verificaciones Iniciales (parte A.3):
- el verificador debe asegurarse ahora de que el explotador haya formalizado el reconocimiento de la competencia de los operadores de conducción;
- la presencia, conformidad y legibilidad de los marcados (placas de características del equipo o del conjunto CE) son ahora objeto de control.
- En Inspecciones periódicas (parte A.4):
- se han introducido controles visuales externos para detectar cualquier defecto en el marcado de los equipos o de un conjunto, según corresponda;
- para subsanar las no conformidades (independientemente de si afectan o no al nivel de seguridad), deberá realizarse un nuevo control.
- En Reclasificaciones periódicas (parte A.5):
- para proceder a la requalificación, deben haberse realizado todos los controles previstos en el plan de inspección durante el intervalo entre la puesta en servicio y la primera requalificación, o entre dos requalificaciones;
- en el marco de la verificación de los accesorios de seguridad, ahora debe comprobarse el funcionamiento de la cadena de seguridad de los presostatos de seguridad de alta presión (HP).
- En el análisis de la experiencia operativa (parte A.10). Los operadores de sistemas frigoríficos a presión deben cumplimentar el cuestionario en línea (cuyo enlace figura en el anexo III del CTP) antes del 15 de marzo del año n para el periodo correspondiente al año n-1 (y ya no una vez cada dos años).
¿Qué impacto tiene esto en los planes de inspección ya existentes?
Los operadores deben revisar sus planes de inspección antes de la próxima operación de control o acción de vigilancia programada en el plan de inspección vigente al 1 de agosto de 2026. Las revisiones de dichos planes deberán estar aprobadas, a más tardar, en la primera requalificación periódica posterior al 1 de agosto de 2026.
No obstante, cabe señalar que la periodicidad y el contenido de las inspecciones y requalificaciones periódicas definidos en esta nueva versión del CTP serán aplicables a partir de la primera inspección o requalificación periódica que tenga lugar desde el 17 de abril de 2026.





