¿Cuál es la responsabilidad del empleador en materia de salud y seguridad laboral?

El empleador debe prevenir los riesgos laborales. De no tomar las medidas adecuadas, podría incurrir en responsabilidad civil y penal en caso de daños a la salud o seguridad de los empleados.

Clara Godin
Juriste en droit de l'environnement & santé-sécurité au travail
Publication : 
14.11.2024

Nota importante: Este artículo se refiere a la legislación francesa. Es posible que los requisitos descritos no sean aplicables en otros países.

Para garantizar la salud y la seguridad de los trabajadores, el empleador debe implementar numerosas medidas de prevención de riesgos laborales. En caso de negligencia o incumplimiento de sus obligaciones, el empleador puede ser considerado responsable tanto civil como penalmente.

¿Qué es la responsabilidad del empleador en materia de salud y seguridad en el trabajo (SST)?

El empleador tiene la obligación de garantizar la seguridad y proteger la salud física y mental de sus trabajadores y, para ello, debe (Artículo L4121-1 del Código de Trabajo.):

  • implementar acciones de prevención de riesgos laborales;
  • implementar acciones de información y formación;
  • implementar una organización del trabajo y los medios adecuados.

En caso de falta o incumplimiento de esta obligación de seguridad, el empleador puede incurrir en responsabilidad civil y penal.

Se trata de una obligación de seguridad de resultado y no de simple medio. En efecto, la implementación de medidas de prevención no basta por sí sola para eximir de responsabilidad al empleador: lo que importa es el resultado efectivo de las medidas implementadas (Tribunal de Casación, Sala Social, 25 de noviembre de 2015, 14-24.444).

En otras palabras, en caso de accidente laboral o enfermedad profesional, e incluso si el empleador « hizo todo lo posible », su responsabilidad podría verse comprometida al no haber evitado la materialización del riesgo.

Dependiendo de los riesgos profesionales presentes en su empresa, el empleador está sujeto a un mayor o menor número de medidas de prevención. A continuación, algunos ejemplos de obligaciones comunes a todas las empresas:

responsabilité de l'employeur en HSE

Responsabilidad civil y penal del empleador: ¿en qué casos puede exigirse?

En caso de incumplimiento de su obligación de seguridad, el empleador puede ser objeto de responsabilidad civil y penal.

Exigencia de responsabilidad civil del empleador

La responsabilidad civil del empleador puede exigirse cuando un incumplimiento de su obligación legal de seguridad haya contribuido a la ocurrencia de un accidente o una enfermedad profesional.

Tenga en cuenta : La responsabilidad civil del empleador también puede reclamarse antes de que se produzca cualquier daño a la integridad física o mental del trabajador.

En caso de accidente de un empleado en el lugar de trabajo, tanto la responsabilidad del empleador como la indemnización fija de la víctima, en virtud del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (AT/MP), son automáticas.

No obstante, si el empleado desea obtener una indemnización complementaria, puede demostrar que el accidente laboral o la enfermedad profesional son consecuencia de una falta inexcusable del empleador (artículo L452-1 del CSS). Esta falta inexcusable se caracteriza cuando el empleador era consciente, o debería haberlo sido, del peligro y no tomó las medidas necesarias para remediarlo.

Ejemplos: la falta inexcusable puede caracterizarse, en particular, si el empleador no había incluido el riesgo en el documento único de evaluación de riesgos profesionales. También puede reconocerse en caso de ausencia, insuficiencia o defecto de las medidas de prevención de riesgos implementadas (Cass, crim, 11 de junio de 2014, 13-85.601).

⚠️ Atención : La falta inexcusable del empleador se reconoce de pleno derecho cuando el peligro había sido señalado al empleador antes de que ocurriera el daño (Artículo L4131-4 del Código de Trabajo).

El reconocimiento de la falta inexcusable resulta de un acuerdo amistoso entre el empleador y el empleado víctima. Sin embargo, cuando no se llega a un acuerdo amistoso, especialmente en caso de desacuerdo sobre la existencia de la falta inexcusable o sobre el importe de la indemnización adicional y las compensaciones, corresponde a la jurisdicción de seguridad social decidir al respecto (Artículo L452-4 del CSS).

Cuando se reconoce la falta inexcusable del empleador, la víctima del accidente se beneficia de una indemnización complementaria (Artículo L452-1 del CSS) y también puede solicitar al empleador la reparación del perjuicio causado (Artículo L452-3 del CSS.).

La indemnización complementaria, así como las reparaciones solicitadas por la víctima, son abonadas por la Caja Primaria de Seguro de Enfermedad (CPAM), que posteriormente reclama el reembolso al empleador (o a su compañía de seguros) (Artículo L452-2 del CSS).

Tenga en cuenta : El empleador puede asegurarse contra las consecuencias financieras de su propia falta inexcusable.

Exigencia de responsabilidad penal del empleador

La responsabilidad penal prevista por el Código Penal

En aplicación del artículo 223-1 del Código Penal, el empleador puede ser procesado incluso en ausencia de daños siempre que una violación manifiestamente deliberada de una obligación específica de prudencia o seguridad haya expuesto a un empleado « a un riesgo inmediato de muerte o lesiones susceptibles de provocar una mutilación o una incapacidad permanente ». La pena es entonces de un año de prisión y 15 000 euros de multa.

En caso de accidente laboral y según la gravedad del daño sufrido por el empleado, la responsabilidad penal del empleador puede verse comprometida por homicidio o lesiones involuntarias. En ese caso, se enfrenta a una pena de hasta tres años de prisión y 45 000 euros de multa (artículo 222-19 del Código Penal y artículo 221-6 del Código Penal).

Tenga en cuenta : En caso de violación manifiestamente deliberada de una obligación específica de prudencia o seguridad, la pena se eleva a:

-cinco años de prisión y 75 000 euros de multa en caso de homicidio involuntario (art. 221-6 del Código Penal) ;

tres años de prisión y 45 000 euros de multa en caso de incapacidad total de trabajo superior a 3 meses (art. 222-19 del Código Penal).

Cabe señalar que cuando el empleador no ha causado el daño directamente, su responsabilidad penal solo puede exigirse en dos casos (art. 121-3 del Código Penal) :

  • una violación manifiestamente deliberada de una obligación específica de prudencia o seguridad prevista por la ley o el reglamento ;
  • una falta caracterizada que exponga al trabajador a un riesgo particularmente grave que no podía ignorar.

La responsabilidad penal prevista por el Código de Trabajo

El Código de Trabajo también contempla sanciones penales en caso de infracción de determinadas obligaciones en materia de salud y seguridad laboral (incluso en ausencia de cualquier daño).

Así, el incumplimiento de las siguientes disposiciones se castiga con una multa de 10 000 euros (Artículo L4741-1 del Código de Trabajo.) :

  • derecho de alerta y de retirada;
  • formación de los trabajadores ;
  • uso de los lugares de trabajo;
  • las obligaciones relativas a los equipos de trabajo y, en particular, su uso y mantenimiento;
  • la prevención de determinados riesgos profesionales (riesgo químico, biológico, ruido, vibraciones, radiaciones, etc.);
  • la prevención de los trabajos realizados por una empresa externa;
  • la coordinación de la prevención en las instalaciones nucleares básicas y las disposiciones en caso de peligro grave e inminente;
  • las prescripciones técnicas de protección durante la ejecución de obras de construcción e ingeniería civil;
  • la prevención en la manipulación de cargas, el uso de pantallas, las operaciones en instalaciones eléctricas y las intervenciones en equipos elevadores instalados de forma permanente (ascensores, montacargas, etc.);
  • la vigilancia médica;
  • las obligaciones de verificación, medición y análisis solicitadas por la inspección de trabajo.

⚠️ Atención : La multa se aplica tantas veces como trabajadores de la empresa se vean afectados (Artículo L4131-4 del Código de Trabajo).

Por otra parte, el Código de Trabajo también contempla sanciones menores por el incumplimiento de ciertas disposiciones. A continuación, se presenta una lista no exhaustiva de las mismas:

  • una multa de quinta clase, es decir, 1500 euros como máximo, por no haber transcrito o no haber actualizado los resultados de la evaluación de riesgos (Artículo R4741-1del C. trab.) ;
  • una multa de quinta clase, es decir, 1500 euros como máximo, por no haber completado o actualizado la ficha de seguimiento de exposición de un trabajador (Artículo R4741-1-1 del C. trab.) ;
  • una multa de cuarta clase, es decir, 135 euros, en caso de falta de exposición de los carteles obligatorios en la empresa (Artículo R4741-3 del C. trab.) ;
  • ...

Por último, el incumplimiento de ciertas disposiciones relativas, en particular, al riesgo químico, a la exposición al amianto o a las radiaciones ionizantes se castiga con una multa de 3750 euros (Artículo L4741-9 del C. trab.)

Procedimientos de constatación de infracciones por parte de la inspección de trabajo

Las infracciones al Código de Trabajo son constatadas por la inspección de trabajo. Por lo tanto, durante una inspección, el inspector podrá, entre otras cosas: verificar el cumplimiento de los principios generales de prevención de riesgos así como las infracciones a la obligación general de seguridad (Artículo L4721-1 del Código de Trabajo.).

El agente de control de la inspección de trabajo puede solicitar al empleador verificaciones, medidas y análisis con el fin de poder controlar el cumplimiento de la empresa (Artículo L4722-1 del Código de Trabajo.).

⚠️ Atención : El incumplimiento de las medidas adoptadas por el agente de control de la inspección de trabajo se castiga con una pena de prisión de un año y una multa de 3750 euros (Artículo L4741-3-1 del Código de Trabajo.).

El inspector también tiene la facultad de ordenar la paralización temporal de los trabajos o de una actividad cuando constate una situación de peligro grave e inminente, por ejemplo, en caso de falta de protección contra caídas en altura o por el uso de equipos de trabajo sin las protecciones adecuadas (Artículo L4731-1 del Código de Trabajo.).

Conclusión

El empleador debe ser consciente de los riesgos laborales a los que están expuestos los trabajadores e implementar medidas de prevención adecuadas.

Para prevenir accidentes laborales y evitar así incurrir en una falta inexcusable, el empleador debe realizar una evaluación de los riesgos profesionales. Asimismo, es fundamental dominar la normativa aplicable a la empresa para evitar cualquier infracción del Código de Trabajo.

Puntos clave:

  • El empleador tiene la obligación de prevenir los riesgos laborales;
  • En caso de incumplimiento de sus obligaciones o de accidente laboral, el empleador puede enfrentar responsabilidades civiles y/o penales;
  • El reconocimiento de la falta inexcusable del empleador permite a la víctima de un accidente obtener indemnizaciones complementarias y solicitar una reparación;
  • La inspección de trabajo puede sancionar al empleador por cualquier infracción del Código de Trabajo, especialmente en materia de seguridad y salud en el trabajo.