Nuevos modelos de certificados de seguimiento individual del estado de salud de los empleados

Una orden del 26 de septiembre de 2024 modifica los modelos utilizados por los profesionales de la salud de los SPST para el seguimiento, la aptitud, la inaptitud y las adaptaciones del puesto de trabajo.

Caroline Mardon
Consultante HSE
Publication : 
14.11.2024

Nota importante: Este artículo se refiere a la legislación francesa. Es posible que los requisitos descritos no sean aplicables en otros países.

Una orden del 26 de septiembre de 2024 modifica los modelos que deben utilizar los profesionales de la salud del servicio de prevención y salud en el trabajo (SPST).

⚠️​ A tener en cuenta antes de leer este artículo

ACTUALIZACIÓN del 21 de noviembre de 2024: estos nuevos modelos quedan suprimidos por una orden publicada ese mismo día. Por tanto, los servicios de prevención y salud laboral deben seguir utilizando los modelos anteriores (fijados por la orden del 16 de octubre de 2017).

Nota: esta derogación respondería a la solicitud de plazos adicionales por parte de los editores de sistemas de información.

Estos son los casos afectados:

  • El seguimiento individual del estado de salud del trabajador ;
  • El examen médico que concluye la aptitud del trabajador en seguimiento individual reforzado (SIR) ;
  • El examen médico que concluye la inaptitud del trabajador en SIR ;
  • El examen médico que concluye con propuestas de medidas individuales de adaptación del puesto de trabajo o del tiempo de trabajo.

Estos cambios se producen tras la reforma introducida por la ley n.º 2021-1018 del 2 de agosto de 2021 para reforzar la prevención en salud laboral, conocida como ley de «salud en el trabajo».

Estos modelos deben utilizarse a partir de ahora en los siguientes casos:

  • Para el certificado de seguimiento individual del estado de salud del trabajador, durante:
    • la visita de información y prevención realizada en el momento de la incorporación efectiva al puesto de trabajo;
    • la visita de reincorporación al trabajo tras un permiso de maternidad, una ausencia por enfermedad profesional, una ausencia de al menos treinta días por accidente laboral o una ausencia de al menos sesenta días por enfermedad o accidente no profesional;
    • la visita médica realizada a petición del trabajador, del empleador o del médico del trabajo. Esta visita se lleva a cabo independientemente de los exámenes de aptitud para la contratación y los periódicos, así como de las visitas de información y prevención. Puede ser solicitada por los trabajadores en seguimiento individual «clásico» o reforzado;
    • la visita de mitad de carrera;
    • la visita posterior a la exposición de un trabajador en SIR tras el cese de la exposición a riesgos profesionales;
    • la visita postprofesional de un antiguo trabajador (inactivo, incluidos jubilados) que esté o haya estado en SIR;
    • las visitas intermedias de un trabajador que se beneficia de un SIR.
  • Para el dictamen de aptitud del empleado que se beneficia de un SIR, durante:
    • la visita de examen de aptitud para la contratación;
    • la renovación cuatrienal de la visita de examen de aptitud.
  • Para el dictamen de incapacidad del empleado en SIR, en todos los casos anteriores que puedan conducir a la constatación de una incapacidad, es decir: visita de contratación, visita periódica, visita intermedia, visita a petición y visita de reincorporación.
  • Para el certificado de propuesta de medidas de adaptación del puesto, este modelo se combina con un certificado de seguimiento individual del estado de salud del empleado o un dictamen de aptitud. Concluye con una adaptación del puesto de trabajo o del tiempo de trabajo.

Su modificación entra en vigor a partir del 11 de octubre de 2024.