Restricciones de uso de sustancias PFAS: pasadas, presentes y futuras

Los PFAS, conocidos como «contaminantes eternos», están cada vez más regulados en Europa. Descubra las principales restricciones de uso ya vigentes o próximas a entrar en vigor.

Thomas Forest
Consultant HSE
Publication : 
17.12.2024

Nota importante: Este artículo se refiere a la legislación francesa. Es posible que los requisitos descritos no sean aplicables en otros países.

Desde hace varios años, las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (comúnmente llamadas sustancias PFAS) están siendo objeto de restricciones de uso progresivas.

Estas sustancias, utilizadas en numerosos ámbitos (industriales y de la vida cotidiana), tienen la particularidad de ser extremadamente persistentes en el medio ambiente (por este motivo, también se las conoce como «contaminantes eternos»).

Ejemplos de uso: textiles (impermeabilidad, resistencia al fuego), envases alimentarios, espumas contra incendios, revestimientos antiadherentes, cosméticos, productos fitosanitarios, entre otros.

Dado que su impacto en el medio ambiente y en la salud humana es motivo de preocupación y que estas sustancias PFAS se encuentran en todos los medios (aire, agua y suelos), la normativa europea ha previsto restricciones de uso progresivas; a continuación, resumimos las principales.

Restricción del PFOA desde julio de 2020 (1)

(1) Reglamento (UE) 2019/1021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre contaminantes orgánicos persistentes, Anexo I, Parte A

¿Qué productos / mezclas están afectados? ¿Cuándo? ¿En qué condiciones?
Uso de esta sustancia prohibido como tal o en sustancias, mezclas o artículos Desde el 4 de julio de 2020 Concentración:

> 0,025 mg/kg (0,0000025 % en masa) para el PFOA y sus sales

> 1 mg/kg (0,0001 % en masa) para los compuestos relacionados y cualquier combinación de estos
Uso de esta sustancia, sus sales y compuestos relacionados para:
· Dispositivos médicos distintos de los implantables
· Tintas de impresión de látex
· Nanorrecubrimientos de plasma
Desde el 3 de diciembre de 2020
Uso de espumas contra incendios que contengan o puedan contener PFOA, sus sales y compuestos relacionados en centros donde no sea posible contener todos los vertidos Desde el 1 de enero de 2023
Textiles hidrófugos u oleófugos para equipos de protección individual Desde el 4 de julio de 2023
Uso de esta sustancia, sus sales y compuestos relacionados para:
· Procesos de fotolitografía o grabado en la fabricación de semiconductores
· Recubrimientos fotográficos aplicados sobre películas
· Dispositivos médicos invasivos e implantables
· Espuma contra incendios frente a vapores de combustibles líquidos e incendios de combustibles líquidos (fuegos de clase B) ya contenida en los sistemas, ya sean móviles o fijos (pero prohibición para la formación así como los ensayos si no se contienen todos los vertidos)
A partir del 4 de julio de 2025
Uso de compuestos relacionados con el PFOA en una sustancia destinada a ser utilizada como intermedio aislado transportado Desde el 4 de julio de 2020 Concentración > 20 mg/kg (0,002 % en masa)
Uso de esta sustancia, sus sales y compuestos relacionados, en dispositivos médicos distintos de los dispositivos invasivos e implantables Desde el 4 de julio de 2020 Concentración > 2 mg/kg (0,0002 % en masa)
Uso del PFOA y de sus sales presentes en los micropolvos de PTFE transportados o tratados para reducir la concentración por debajo del límite de 0,025 mg/kg Desde el 18 de agosto de 2023 Concentración > 1 mg/kg (0,001 % en masa)

Existen exenciones a estas restricciones de uso para:

  • el uso de bromuro de perfluorooctilo que contenga yoduro de perfluorooctilo para la fabricación de productos farmacéuticos (la Comisión tiene previsto realizar un reexamen y una evaluación a más tardar el 31 de diciembre de 2026);
  • el uso de artículos que ya estuvieran en uso en la Unión antes del 4 de julio de 2020 y que contengan PFOA, sus sales y/o compuestos relacionados con el PFOA.

Restricción de los PFCA de C9-C14 desde enero de 2023 (2)

(2) Reglamento (CE) n.º 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH), entrada 68 de la tabla del anexo XVII

¿Qué productos / mezclas están afectados? ¿Cuándo? ¿En qué condiciones?
Uso de espumas contra incendios que contengan o puedan contener PFCA en C9-C14, sus sales y sustancias relacionadas en centros donde no sea posible contener todos los vertidos Desde el 1 de enero de 2023 Concentración de la suma:

≥ 25 ppb para el PFCA y sus sales

≥ 260 ppb para las sustancias relacionadas

[ppb: partes por mil millones]
Uso de esta sustancia prohibido como tal o en sustancias, mezclas o artículos Desde el 25 de febrero de 2023
Textiles hidrófugos u oleófugos para equipos de protección individual Desde el 4 de julio de 2023
Uso en semiconductores como tales o incorporados en equipos electrónicos semiacabados y acabados Desde el 31 de diciembre de 2023
Uso como recubrimiento de cajas para inhaladores dosificadores presurizados Desde el 25 de agosto de 2024
Uso de esta sustancia, sus sales y sustancias relacionadas para:
· Fotolitografía o grabado en la fabricación de semiconductores
· Recubrimientos fotográficos aplicados sobre películas
· Dispositivos médicos invasivos e implantables
· Espuma contra incendios frente a vapores de combustibles líquidos e incendios de combustibles líquidos (fuegos de clase B) ya contenida en los sistemas, ya sean móviles o fijos (pero prohibición para la formación así como los ensayos si no se contienen todos los vertidos)
A partir del 4 de julio de 2025
Uso de semiconductores en piezas de repuesto o de sustitución de equipos electrónicos acabados A partir del 31 de diciembre de 2030
Uso en resinas fluoradas y fluoroelastómeros que contengan grupos perfluoroalcoxilados Desde el 25 de febrero de 2023 Concentración de la suma de PFCA en C9-C14 ≥ 2000 ppb
Desde el 26 de agosto de 2024 Concentración de la suma de PFCA en C9-C14 ≥ 100 ppb
Uso del PFCA, sus sales y sustancias relacionadas, cuando están presentes en una sustancia destinada a ser utilizada como intermedio aislado transportado Desde el 25 de febrero de 2023 Concentración de la suma de PFCA en C9-C14 ≥ 10 ppm
[ppm: partes por millón]
Micropolvos de PTFE producidos por ionización o degradación térmica

Mezclas y artículos que contengan micropolvos de PTFE destinados a usos industriales y profesionales
Desde el 25 de febrero de 2023 Concentración de la suma de PFCA en C9-C14 ≥ 1000 ppb

Restricción del PFHxS desde agosto de 2023 (3)

(3) Reglamento (UE) 2019/1021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre contaminantes orgánicos persistentes, Anexo I, Parte A

¿Qué productos / mezclas están afectados? ¿Cuándo? ¿En qué condiciones?
Uso de esta sustancia prohibido como tal o en sustancias, mezclas o artículos Desde el 28 de agosto de 2023 PFHxS o sus sales en una concentración ≥ 0,025 mg/kg (0,0000025 % en masa)

Suma de las concentraciones de todos los compuestos relacionados con el PFHxS ≥ 1 mg/kg (0,0001 % en masa)

Concentraciones de PFHxS, de sus sales y de compuestos relacionados con el PFHxS ≥ 0,1 mg/kg (0,00001 % en masa) cuando estén presentes en mezclas concentradas de espumas contra incendios destinadas a ser utilizadas o utilizadas en la producción de otras mezclas de espumas contra incendios

Restricciones de uso del PFHxA a partir de 2026, 2027 y 2029 (4)

(4) Reglamento (CE) n.º 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH), entrada 79 de la tabla del anexo XVII

¿Qué productos / mezclas están afectados?* ¿Cuándo? ¿En qué condiciones?
Espumas y concentrados de espuma contra incendios destinados a entrenamiento y ensayos (excluidos los ensayos funcionales, y si todas las emisiones están contenidas)

Espumas y concentrados de espuma contra incendios destinados a los servicios públicos de extinción de incendios (excluidos los incendios industriales)
A partir del 10 de abril de 2026 Concentración medida en un material homogéneo:

≥ 25 ppb para la suma de PFHxA y sus sales

≥ 1000 ppb para la suma de sustancias relacionadas con el PFHxA

[ppb: partes por mil millones]
Textiles, cueros, pieles finas y pieles en prendas de vestir y accesorios conexos destinados al público en general

Calzado destinado al público en general

Papeles y cartones utilizados como materiales destinados a entrar en contacto con alimentos

Mezclas destinadas al público en general

Productos cosméticos
A partir del 10 de octubre de 2026
Textiles, cueros, pieles finas y pieles para el público en general, distintos de los presentes en prendas de vestir y accesorios conexos A partir del 10 de octubre de 2027
Espumas y concentrados de espuma contra incendios para la aviación civil (incluidos los aeropuertos civiles) A partir del 10 de octubre de 2029

*Estas restricciones no se aplican a las sustancias cuyo grupo perfluoroalquilo C6F13- esté unido directamente a un átomo de azufre, las cuales ya están prohibidas en el anexo I del Reglamento (UE) 2019/1021 sobre contaminantes orgánicos persistentes.

Existen exenciones a estas restricciones y prohibiciones de uso para:

  • ciertos equipos de protección individual (protección contra sustancias y mezclas peligrosas para la salud, agentes biológicos nocivos, radiaciones ionizantes, ambientes cálidos (≥ 100 °C) y fríos (≤ -50 °C), descargas eléctricas y trabajos bajo tensión, así como lesiones por balas o armas blancas);
  • los productos sanitarios presentes en centros de salud y de diagnóstico in vitro;
  • los textiles utilizados como textiles de construcción (aislamiento, impermeabilización, cubiertas, cimientos, revestimientos, etc.).