01/09/2024: Obligación de realizar un análisis de riesgo de rayos para las instalaciones sujetas a autorización bajo los epígrafes 3110 a 3260, 3410 a 3510, 3550, 3610, 3670 y 3700.
Como recordatorio, el ámbito de aplicación de las disposiciones relativas a la protección contra rayos del decreto del 4 de octubre de 2010 ha cambiado. Estas disposiciones se han hecho aplicables a las instalaciones autorizadas bajo los epígrafes 3110 a 3260, 3410 a 3510, 3550, 3610, 3670 y 3700.
Para las instalaciones autorizadas bajo uno de los epígrafes mencionados anteriormente cuya solicitud completa de autorización sea anterior al 1 de septiembre de 2022, y que no estuvieran sujetas a estas disposiciones a fecha de 31 de agosto de 2022, la obligación de realizar un análisis de riesgo de rayos (ARF) entra en vigor a partir del 1 de septiembre de 2024.
30/09/2024: Fecha límite para la puesta a disposición de los datos sobre la transición ecológica de las flotas de vehículos.
Como recordatorio, están sujetos, entre otros, a las obligaciones de compra o uso de vehículos de bajas emisiones, las empresas que cuentan con una flota de más de cien vehículos ligeros.
(*) En la evaluación del tamaño de la flota gestionada por una empresa se tienen en cuenta los vehículos gestionados por sus filiales con sede en Francia, así como los vehículos gestionados por sus establecimientos situados en Francia.
Las personas sujetas deben poner a disposición los datos relativos a la compra y el uso de vehículos de motor de bajas emisiones correspondientes a un año natural a más tardar el 30 de septiembre del año siguiente (30 de abril del año siguiente para las plataformas de reparto afectadas) en el sitio web de la plataforma abierta de datos públicos franceses (www.data.gouv.fr).





