Evolución de la gestión de las instalaciones que contienen determinados gases de efecto invernadero fluorados

El reglamento n.º 517/2014, que sustituye al de 2006, tiene como objetivo reducir las emisiones de gases fluorados. Establece controles de estanqueidad y restricciones para los equipos.

Marie Faucon
Consultante HSE
Publication : 
06.05.2014

Nota importante: Este artículo se refiere a la legislación francesa. Es posible que los requisitos descritos no sean aplicables en otros países.

Los gases fluorados de efecto invernadero más conocidos son el R134a, el R143, los PFC o el SF6. Hasta ahora, las normas que debían respetarse en relación con estos gases estaban formalizadas en el reglamento n.º 842/2006 del 17 de mayo de 2006.

El nuevo reglamento n.º 517/2014 del 16 de abril de 2014 relativo a los gases fluorados de efecto invernadero deroga y sustituye al reglamento de 2006 a partir del 1 de enero de 2015. Su objetivo es prevenir y reducir las emisiones de gases fluorados de efecto invernadero en la Unión Europea.

Esto afecta a los operadores de instalaciones como grupos de refrigeración, sistemas de aire acondicionado, bombas de calor, sistemas de protección contra incendios y aparatos de conmutación eléctrica, pero también, a partir de ahora, a los camiones y remolques frigoríficos.

Hasta ahora, las normas que debían respetarse en relación con determinados gases fluorados de efecto invernadero estaban formalizadas en el reglamento n.º 842/2006 del 17 de mayo de 2006. Los gases fluorados de efecto invernadero más conocidos son el R134a, el R143, los PFC o el SF6.

El nuevo reglamento n.º 517/2014 del 16 de abril de 2014 relativo a los gases fluorados de efecto invernadero deroga y sustituye al reglamento de 2006 a partir del 1 de enero de 2015.

Su objetivo es prevenir y reducir las emisiones de gases fluorados en la Unión Europea.

Se aplica a los hidrofluorocarbonos (HFC como el HFC-134a o el HFC-143, etc.), a los hidrocarburos perfluorados (PFC), al hexafluoruro de azufre (SF6) y a los demás gases de efecto invernadero enumerados en el anexo I del reglamento, o a las mezclas que contengan alguna de estas sustancias.

Este reglamento afecta a los operadores de las siguientes instalaciones fijas: equipos de refrigeración (ej. grupos de frío), aire acondicionado y bombas de calor, incluidos sus circuitos, sistemas de protección contra incendios, aparatos de conmutación eléctrica, pero también, a partir de ahora, camiones y remolques frigoríficos.

Los operadores deben implementar medidas para prevenir al máximo cualquier emisión de gases fluorados a la atmósfera por parte de estos equipos.

Este nuevo reglamento ya no se limita a regular el confinamiento y los controles periódicos de los equipos. Las nuevas exigencias establecidas consisten en reducir progresivamente la comercialización de HFC para que los usuarios opten por soluciones de sustitución existentes, económicamente viables, energéticamente eficientes y seguras.

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La prevención de las emisiones de gases de efecto invernadero fluorados se basa en...

  • los controles periódicos de estanqueidad (se aplica a equipos que contienen gases de efecto invernadero fluorados en cantidades iguales o superiores a 5 toneladas equivalentes de CO2) y la presencia de sistemas de detección de fugas controlados periódicamente;
  • el mantenimiento de registros por parte del operador, en los que se incluya información sobre las cantidades y tipos de gases de efecto invernadero fluorados instalados, las cantidades añadidas y las cantidades recuperadas durante las operaciones de mantenimiento y reparación;
  • la formación y certificación del personal que interviene en los equipos afectados;
  • el etiquetado: los productos y equipos que contienen gases de efecto invernadero fluorados deben llevar una etiqueta en la que figure el nombre del gas fluorado y su cantidad.

En el Anexo III se añaden prohibiciones adicionales de comercialización para restringir el uso de determinados gases en los siguientes equipos (según los gases contenidos y su potencial de calentamiento atmosférico): equipos de protección contra incendios que contengan HFC-23, refrigeradores y congeladores de uso comercial, sistemas de aire acondicionado multisplit y aires acondicionados portátiles autónomos.

También se establecen restricciones de uso para determinadas aplicaciones y equipos.

Para acompañar la reducción progresiva del uso de HFC, los productores reciben ahora cuotas para la comercialización de estas sustancias (cuotas determinadas en función de las cantidades producidas o importadas durante el periodo de 2009 a 2012).

Las empresas que producen pequeñas cantidades (menos de 100 toneladas equivalentes de CO2 de HFC al año), así como ciertas categorías deHFC (HFC importados para su destrucción, HFC utilizados como productos intermedios de síntesis, etc.) están exentas de este sistema.

Se ha establecido un registro electrónico para gestionar la asignación y las posibles transferencias de cuotas entre productores.