Como recordatorio, el artículo R. 126-10 del Código de la Construcción y de la Vivienda (CCH) exige a los promotores de obras de demolición de ciertos edificios y de reformas significativas que realicen un diagnóstico previo sobre la gestión de los productos, equipos, materiales y residuos derivados de dichas obras.
El pasado mes de junio, el decreto n.º 2021-821 del 25 de junio de 2021 amplió el ámbito de aplicación del diagnóstico de residuos, de la siguiente manera:
- Aplicando los umbrales de sujeción anteriores, de forma acumulada, al conjunto de las operaciones realizadas en los edificios (y ya no individualmente por edificio),
- Incluyendo ahora las reformas significativas de ciertos edificios (y no solo las demoliciones).

Cabe señalar también que, a partir del 1 de enero de 2022, la transmisión por parte del promotor de los diagnósticos y formularios de fin de obra debe realizarse al Centro Científico y Técnico de la Construcción (CSTB) según las siguientes modalidades:
- Para el diagnóstico de residuos, antes de la aceptación de los presupuestos o de la adjudicación de los contratos relativos a las obras de demolición o reforma significativa;
- Para el formulario de fin de obra, en un plazo de noventa días tras la finalización de las obras de demolición o reforma significativa.
Las modificaciones introducidas por ambos decretos se aplican a las demoliciones y a las reformas significativas de edificios para las cuales la fecha de presentación de la solicitud de permiso de demolición, la fecha de presentación de la autorización urbanística y la fecha de presentación de la autorización de obras (o, en su defecto, la fecha de aceptación de los presupuestos o de adjudicación de los contratos relativos a las obras de demolición o reforma significativa) sea posterior al 1 de enero de 2022.
(*) Se considera reforma significativa de un edificio aquella operación que consiste en destruir o sustituir al menos dos de los elementos de acabado mencionados a continuación, siempre que las obras supongan la destrucción o sustitución de una parte mayoritaria de cada uno de estos elementos:
- Forjados que no determinen la resistencia o rigidez de la estructura;
- Cerramientos exteriores que no determinen la resistencia o rigidez de la estructura;
- Carpintería exterior;
- Tabiquería interior;
- Instalaciones sanitarias y de fontanería;
- Instalaciones eléctricas;
- Sistema de calefacción.
Crédito de la foto: Marek Studzinski




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