Una obligación reglamentaria europea: Derivada de la transposición del reglamento europeo E-PRTR, la declaración GEREP impone a los operadores de instalaciones con un alto impacto ambiental la obligación de registrar cada año sus vertidos contaminantes y su producción de residuos.Un amplio ámbito de aplicación: Afecta principalmente a los centros industriales (instalaciones clasificadas para la protección del medio ambiente con autorización o registro), canteras, refinerías, la industria química, las estaciones depuradoras urbanas, así como a todas las empresas sujetas al régimen de comercio de derechos de emisión (RCDE).Datos medioambientales transversales: Los operadores deben declarar sus vertidos al aire, al agua y al suelo siempre que se superen los umbrales reglamentarios, así como la cantidad total de residuos producidos (peligrosos o no) y su consumo energético.Un calendario estricto y diferenciado: La teledeclaración se realiza durante el primer trimestre del año siguiente al ejercicio correspondiente (N+1), con una fecha límite fijada el 28 de febrero para las empresas del mercado de carbono (RCDE) y el 31 de marzo para todas las demás. Nota importante: Este artículo se refiere a la legislación francesa. Es posible que los requisitos descritos no sean aplicables en otros países.
Cada año, los operadores de ciertas instalaciones deben realizar su declaración GEREP. Este mecanismo central permite registrar anualmente las principales emisiones contaminantes (agua, aire, suelo) así como la producción de residuos de un centro. ¿Cómo proceder?
La declaración GEREP deriva históricamente de la transposición al derecho francés del Reglamento (CE) n.º 166/2006 del 18 de enero de 2006 relativo al establecimiento de un registro europeo de emisiones y transferencias de contaminantes, conocido como reglamento E-PRTR (Registro Europeo de Emisiones y Transferencias de Contaminantes). Hoy en día, este dispositivo se inscribe en la continuidad directa del nuevo reglamento de la Unión Europea que crea el Portal de Emisiones Industriales, que refuerza la transparencia al ampliar los datos que deben declararse sobre la economía circular y el uso de los recursos.
En el derecho francés, estas disposiciones se transponen en laorden ministerial del 31 de enero de 2008 modificada, relativa al registro y a la declaración anual de las emisiones contaminantes de las instalaciones clasificadas sujetas a autorización o registro. El conjunto de estos datos se pone a disposición del público en el registro nacional y se centraliza a escala europea para seguir la trayectoria de descarbonización de la industria.
¿Qué establecimientos están sujetos a la declaración GEREP?
Los establecimientos que deben declarar anualmente sus emisiones en el agua, el aire y el suelo son:
a) Establecimientos que ejerzan una de las siguientes actividades:
- Instalaciones clasificadas sujetas a autorización o registro, excluyendo las explotaciones ganaderas que no sean intensivas;
- Instalaciones sujetas al régimen de comercio de derechos de emisión (RCDE);
- Sitios de extracción y canteras;
- Determinadas estaciones depuradoras urbanas;
- Determinadas piscifactorías.
b) Establecimientos que ejerzan una de las actividades contempladas en el anexo I del reglamento «E-PRTR»: refinerías, centrales térmicas, producción y transformación de metales, fundiciones, fabricación de vidrio, industria química...
¿Qué datos deben declararse en la GEREP?
Los elementos a declarar dependen de la situación específica de cada instalación y de si se alcanzan determinados umbrales. Se incluyen los siguientes elementos:
| Medio / Vector | Naturaleza de los datos y contaminantes a declarar | Umbrales y condiciones específicas |
| ☁️ AIRE | • Emisiones crónicas y accidentales de determinados contaminantes (ej.: combustión, disolventes...). • Datos procedentes del Plan de Gestión de Disolventes (PGS). • Emisiones de gases fluorados. | En función de la superación de los umbrales normativos fijados por la nomenclatura, por sustancia o por actividad. |
| 💧 AGUA | • Emisiones crónicas y accidentales de determinados contaminantes. • Volúmenes globales consumidos o captados. • Calor vertido directamente al mar y a los ríos. |
| 🌱 SUELO | • Emisiones crónicas y accidentales de determinados contaminantes. • Cantidades de residuos, efluentes o lodos de depuración esparcidos. |
| ♻️ RESIDUOS | • Residuos peligrosos: Cantidades totales generadas. • Residuos no peligrosos: Cantidades totales generadas. • Actividades específicas: Cantidades de residuos admitidas o tratadas. | • Residuos peligrosos: Obligatorio si > 2 t/año. • Residuos no peligrosos: Obligatorio si > 2000 t/año (únicamente para las actividades del Anexo I E-PRTR*). • Tratamiento: Reservado a las instalaciones de clasificación, tránsito y agrupación de residuos. |
Para los establecimientos sujetos al régimen de comercio de derechos de emisión, el servicio de teledeclaración de las ICPE permite también:
- declarar las emisiones de gases de efecto invernadero del año de referencia;
- presentar el informe de verificación (o dictamen de seguridad razonable);
- realizar la declaración de los niveles de actividad que permiten la asignación de cuotas gratuitas.
Un guía está disponible para ayudar a los operadores con su declaración.
¿Cómo es el proceso de declaración GEREP?
La declaración GEREP para el año de referencia N debe completarse en el sitio web a más tardar:
- el 28 de febrero de N+1 para los establecimientos sujetos al régimen de comercio de derechos de emisión (RCDE) de gases de efecto invernadero,
- el 31 de marzo de N+1 para el resto de establecimientos.
Las claves de acceso se obtienen a través del servicio de inspección correspondiente.
El software de gestión de residuos de Tennaxia le permite, entre otras cosas, generar sus declaraciones GEREP con solo unos clics.
| Perfil del establecimiento | Naturaleza de los datos a declarar (en caso de superación de umbral) | Fecha límite de telecomunicación (Año N+1) |
| Establecimientos sujetos al régimen de comercio de derechos de emisión (RCDE) | • Emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) del año de referencia. • Presentación obligatoria del informe de verificación (dictamen de garantía razonable). • Declaración de los niveles de actividad para la asignación de derechos gratuitos. • + Todos los datos genéricos (vertidos, residuos) enumerados a continuación. | ⏱️ 28 de febrero |
| Otras instalaciones clasificadas (ICPE Autorización / Registro, canteras, EDAR, etc.) | • Emisiones contaminantes y flujos de sustancias objetivo al aire, al agua y al suelo. • Cantidades de residuos generados (distinción entre residuos peligrosos y no peligrosos) y sus modos de tratamiento (valorización o eliminación). • Datos de consumo sobre la eficiencia energética de la instalación. | ⏱️ 31 de marzo |
Crédito de la foto: Christian Harb