¿Cómo prevenir los riesgos al contratar a una empresa externa?

La ejecución de trabajos por parte de una empresa en las instalaciones de otra genera riesgos derivados de la interferencia entre sus actividades. Los empleadores de cada empresa deben coordinar conjuntamente la prevención de estos riesgos específicos. En este artículo, descubra las medidas que deben implementarse al contratar a una empresa externa.

Clara Godin
Juriste en droit de l'environnement & santé-sécurité au travail
Publication : 
12.12.2024

Nota importante: Este artículo se refiere a la legislación francesa. Es posible que los requisitos descritos no sean aplicables en otros países.

Contratación de una empresa externa: ¿de qué estamos hablando?

Se habla de contratación de una empresa externa cuando una empresa recurre a otra (o a varias) para la realización de trabajos o la prestación de servicios dentro de sus instalaciones, de una de sus dependencias o de uno de sus centros de trabajo (Artículo R4511-1 del Código de Trabajo).

La empresa para la cual se realizan los trabajos se denomina « empresa usuaria » y la empresa que ejecuta los trabajos o presta los servicios se denomina « empresa externa ».

ℹ️ Tenga en cuenta : Las obras de construcción o de ingeniería civil sujetas a la implementación de una coordinación en materia de seguridad y protección de la salud (SPS) no están sujetas a la normativa relativa a la contratación de una empresa externa (Artículos R4511-3 del Código de Trabajo).

¿Cuáles son los riesgos al contratar a una empresa externa?

La contratación de una empresa externa genera numerosos riesgos debido a la interferencia de actividades. Estos riesgos se suman a los ya existentes en la empresa usuaria y a los derivados de la propia actividad de la empresa externa.

El uso de equipos de trabajo, la presencia de instalaciones o maquinaria, el desconocimiento de las instalaciones por parte de los trabajadores de la empresa externa o incluso la ejecución de trabajos peligrosos son riesgos a los que están expuestos los trabajadores de ambas empresas y para los cuales no siempre cuentan con la formación necesaria.

Por consiguiente, las empresas deben establecer conjuntamente una coordinación general de las medidas de prevención con el fin de evitar los riesgos derivados de la interferencia entre actividades, instalaciones y equipos (Article R4511-7 C.trav.).

¿Cuál es el papel de la empresa usuaria?

📌 Importante :

El papel del responsable de la empresa usuaria es garantizar la coordinación general de las medidas de prevención implementadas por cada empresa (incluida la empresa usuaria) (Artículo R4511-5 del Código de Trabajo.).

⚠️ Atención : Para garantizar la coordinación general de las medidas de prevención, el responsable de la empresa usuaria debe alertar al responsable de la empresa externa cuando tenga conocimiento de un peligro grave que afecte a uno de los trabajadores de dicha empresa, incluso si considera que la causa del peligro es responsabilidad exclusiva de esa empresa (Artículo R4511-8 del Código de Trabajo.).

Asimismo, la empresa usuaria debe poner a disposición de las empresas externas instalaciones sanitarias, vestuarios colectivos y comedores, salvo cuando estas dispongan de medios equivalentes (Artículo R. 4513-8 del Código de Trabajo.).

¿Cuál es el papel de la empresa externa?

📌 Importante :

El papel del responsable de la empresa externa es aplicar las medidas de prevención necesarias para proteger a los trabajadores que emplea (Artículo R4511-6 del Código de Trabajo.).

Antes de realizar los trabajos, el responsable de la empresa externa también debe informar a los trabajadores que destine a dichas tareas sobre los peligros específicos a los que están expuestos y sobre las medidas de prevención relacionadas con la coactividad de las empresas, en particular (Artículo R4512-15 del Código de Trabajo.) :

  • las zonas peligrosas y su señalización / delimitación;
  • las normas para el uso de los dispositivos de protección colectiva e individual;
  • las vías que deben utilizarse para acceder al lugar de intervención y abandonarlo;
  • las rutas de acceso a las instalaciones y locales;
  • si procede, la ubicación de las salidas de emergencia.

¿Qué información debe proporcionar la empresa externa?

Para poder evaluar los riesgos derivados de las operaciones, el responsable de la empresa externa debe facilitar por escrito a la empresa usuaria (Artículo R4511-10 del Código de Trabajo francés):

  • la fecha de llegada y la duración prevista de la intervención ;
  • el número previsto de trabajadores asignados;
  • el nombre y la cualificación de la persona encargada de dirigir la intervención;
  • los nombres y referencias de los subcontratistas (obligatoriamente antes del inicio de los trabajos correspondientes);
  • la identificación de los trabajos subcontratados.

¿Cómo prevenir los riesgos relacionados con la contratación de una empresa externa?

Inspección común previa

📌 Importante :

Antes de la ejecución de los trabajos o la prestación de servicios, las empresas deben realizar una inspección conjunta de los lugares de trabajo, las instalaciones y los equipos (Artículo R4512-2 del Código de Trabajo).

Durante la inspección conjunta previa, el responsable de la empresa usuaria debe (Artículo R4512-3 del Código de Trabajo) :

  • delimitar el sector de la intervención de las empresas externas;
  • señalizar las zonas del sector de intervención que presenten peligros para los trabajadores ;
  • indicar las vías de circulación que podrán utilizar los trabajadores, los vehículos o la maquinaria de las empresas externas;
  • definir las vías de acceso a las instalaciones y locales (sanitarios, comedor, etc.).

El objetivo de la inspección común previa es obtener una visión general de los riesgos derivados de la presencia y la actividad de las empresas.

Por tanto, los responsables de cada empresa deben intercambiar toda la información necesaria para la prevención de riesgos como la descripción de las tareas a realizar, los equipos utilizados o los procedimientos operativos empleados si tienen alguna incidencia en la salud y seguridad de los trabajadores (Artículo R4512-5 del Código de Trabajo francés).

Asimismo, el responsable de la empresa usuaria debe comunicar a los responsables de las empresas externas las instrucciones de seguridad aplicables a los trabajadores encargados de ejecutar la operación, incluso durante sus desplazamientos (Artículo R4512-4 del Código de Trabajo francés).

Elaboración del plan de prevención

Tras la inspección común previa y gracias a la información recopilada, los empleadores deben analizar y evaluar los riesgos que puedan derivarse de la interferencia entre las actividades, las instalaciones y los equipos (Artículo R4512-6 del Código de Trabajo).

📌 Importante :

Cuando este análisis revele la existencia de riesgos, los empleadores deben establecer, de mutuo acuerdo y antes del inicio de los trabajos, un plan de prevención que defina las medidas adoptadas por cada empresa para prevenir dichos riesgos.

El plan de prevención sirve como guía para implementar la prevención de riesgos relacionados con la interferencia de actividades y debe incluir, como mínimo (Artículo R4512-8 del Código de Trabajo):

  • la definición de las fases de actividad peligrosas y los medios de prevención específicos correspondientes ;
  • la elección y el uso de los equipos, instalaciones y dispositivos adaptados a la naturaleza de las operaciones a realizar, así como sus condiciones de mantenimiento;
  • las instrucciones que se deben dar a los trabajadores ;
  • la organización y descripción de los primeros auxilios implementados por la empresa usuaria;
  • las condiciones de participación de los trabajadores en los trabajos realizados y, en particular, la organización del mando.

Nota: el plan de prevención debe formalizarse obligatoriamente por escrito si la operación supone más de 400 horas de trabajo repartidas en 12 meses o menos, o si conlleva trabajos peligrosos de entre los enumerados en la orden del 19 de marzo de 1993 (régimen general), la orden del 10 de mayo de 1994 (régimen agrícola) o la orden del 11 de junio de 2019 (minas y canteras).

🔍 Enfoque : Para las operaciones de carga y descarga (como la entrega en una empresa), el plan de prevención se sustituye por un protocolo de seguridad que define, en particular, las condiciones (lugares, material utilizado, etc.) y las medidas de seguridad necesarias para dichas operaciones (Artículo R4515-4 del Código de Trabajo).

Implementación de las medidas de prevención

Durante la realización de los trabajos o la prestación de servicios, cada empresa debe aplicar las medidas previstas en el plan de prevención y el responsable de la empresa usuaria debe asegurarse de que estas se ejecuten efectivamente (Artículo R4513-1 del Código de Trabajo.).

📃 Documentación : Para conocer todas las disposiciones específicas de higiene y seguridad aplicables cuando se contrata a una empresa externa, consulte la circular DRT n.º 93-14 del 18 de marzo de 1993.

Inspecciones de coordinación

Durante la ejecución de los trabajos, el responsable de la empresa usuaria debe organizar inspecciones y reuniones periódicas (Artículo R4513-2 del Código de Trabajo.).

Estas inspecciones y reuniones periódicas pueden dar lugar a una actualización del plan de prevención (Artículo R4513-4 del Código de Trabajo.).

Estas inspecciones y reuniones pueden tratar sobre:

  • ya sea la coordinación general en las instalaciones de la empresa usuaria;
  • ya sea la coordinación de las medidas de prevención de una operación específica ;
  • ya sea la coordinación de las medidas relacionadas con la interferencia entre varias operaciones.

ℹ️ Tenga en cuenta : El responsable de la empresa usuaria define libremente la periodicidad de estas inspecciones y reuniones y elige a los responsables de las empresas externas que considera oportuno invitar. No obstante, estas inspecciones y reuniones periódicas deben celebrarse cada tres meses para las operaciones que superen las 90 000 horas para el año siguiente (Artículo R4513-5 del Código de Trabajo.).

Coordinación de las medidas de prevención

¿Cuál es la responsabilidad al contratar a una empresa externa?

La prevención de los riesgos derivados de la interferencia de actividades es una obligación para todos los empleadores que participan en la operación, tanto para los directores de las empresas externas como para el director de la empresa usuaria.

Por lo tanto, en caso de accidente laboral o incumplimiento de las obligaciones de seguridad, la responsabilidad civil y penal de los empleadores puede verse comprometida (artículo 121-3 del Código Penal).

Ejemplo : En este caso de jurisprudencia (Cass, crim, 14 de febrero de 2023 n.º 21-82.245), el ayuntamiento de una localidad contrató a una empresa externa para realizar una medición por ultrasonidos del espesor de las válvulas de una presa. Lamentablemente, la embarcación de un buzo volcó durante la misión y este falleció.

Los empleadores fueron condenados por homicidio involuntario, principalmente porque no habían realizado la inspección conjunta previa. Por lo tanto, el plan de prevención no podía cumplir con la normativa, ya que no se derivaba de un análisis real de los riesgos.

Además, los empleadores han sido condenados por no haber puesto a disposición de los trabajadores los equipos de protección necesarios para el desempeño de esta tarea.

🔎 Para recordar
  • Recurrir a una empresa externa genera riesgos relacionados con la interferencia de actividades;
  • Los responsables de las empresas deben coordinar la prevención de estos riesgos;
  • Deben realizar una inspección conjunta previa, elaborar un plan de prevención y llevar a cabo inspecciones y reuniones periódicas;
  • Todos los empleadores pueden ser sancionados por incumplimiento de las obligaciones de seguridad.