A partir del 1 de octubre de 2020, la obligación de inspección de los sistemas de aire acondicionado y bombas de calor de más de 12 kW se sustituye por obligaciones de mantenimiento e inspección de los sistemas termodinámicos en función de su potencia y por edificio.
Al ampliarse el alcance, equipos que antes no estaban sujetos a inspección ahora deben cumplir con la obligación de mantenimiento o inspección (por ejemplo: aire acondicionado en oficinas o aplicaciones industriales).
Le ofrecemos analizar estas nuevas obligaciones para determinar si sus equipos (sistemas de aire acondicionado, bombas de calor, etc.) se ven afectados y cuáles son los plazos correspondientes.
¿Qué son los sistemas termodinámicos?
Es un sistema que permite, mediante un ciclo termodinámico, la transferencia de calor entre el entorno y un edificio, o una aplicación industrial, para calentar o enfriar el aire interior.
Ejemplos de sistemas termodinámicos : bombas de calor (PAC), aires acondicionados, calentadores de agua termodinámicos colectivos, etc.
Se pueden encontrar, entre otros, en oficinas, salas blancas, laboratorios, salas de servidores informáticos y almacenes frigoríficos.
Varias máquinas termodinámicas que suministran frío o calor en un mismo edificio se consideran un único sistema.
¿Qué es la potencia nominal?
Es el valor más elevado entre la potencia calorífica y la potencia frigorífica del sistema termodinámico, declaradas por el fabricante y medidas en las condiciones de rendimiento nominal definidas en la norma EN 14511. Estos datos suelen figurar en la documentación técnica del equipo.
Cuando varias máquinas termodinámicas suministran frío o calor en un mismo edificio, el conjunto se considera un único sistema cuya potencia nominal es igual a la suma de las distintas potencias nominales.
¿Qué obligaciones de control existen para los sistemas termodinámicos con una potencia nominal de entre 4 kW y 70 kW?
Es obligatorio realizar una visita de mantenimiento por parte de personal cualificado cada 2 años para los sistemas termodinámicos con una potencia de entre 4 kW y 70 kW. Para las instalaciones nuevas o sustituidas, el primer mantenimiento debe realizarse a más tardar 2 años después de la puesta en servicio.
Nota: quedan excluidos los sistemas termodinámicos destinados exclusivamente a la producción de agua caliente para una sola vivienda.
Esta revisión corre a cargo del ocupante (por ejemplo, el inquilino, salvo que el contrato de arrendamiento estipule lo contrario) en el caso de sistemas termodinámicos individuales, y a cargo del propietario o de la comunidad de propietarios en el caso de sistemas termodinámicos colectivos.
Contenido de la revisión
Esta visita de mantenimiento incluye:
- una verificación del sistema y, si es necesario, su limpieza y ajuste;
- asesoramiento sobre el uso correcto y las posibles mejoras de la instalación de calefacción o climatización, así como sobre la conveniencia de sustituirla;
- Un control de estanqueidad del circuito de fluido refrigerante (*) y, en su caso, una verificación del visor de líquido refrigerante y la lectura de las presiones de entrada y salida del compresor en los manómetros.
(*) no obligatorio para equipos que contengan al menos 5 toneladas equivalentes de CO2 de gases fluorados de efecto invernadero que ya estén sujetos a un control de estanqueidad.
Documentación
La persona que haya realizado el mantenimiento debe entregar un certificado al usuario en un plazo de 15 días. Este puede entregarse en formato digital.
Nota: se proporcionará un certificado de mantenimiento por cada uno de los sistemas revisados en el caso de edificios, partes de edificios o locales que cuenten con varios sistemas termodinámicos.
¿Qué obligaciones de control existen para los sistemas termodinámicos con una potencia nominal superior a 70 kW?
Es obligatoria una inspección cada 5 años, a iniciativa del propietario o de la comunidad de propietarios del edificio. Hasta el 31 de diciembre de 2024, debe ser realizada por una persona certificada por un organismo acreditado. A partir del 1 de enero de 2025, la inspección será realizada por un organismo acreditado.
Cabe señalar que los sistemas de ventilación combinados con calefacción por efecto Joule con una potencia nominal superior a 70 kW también están sujetos a esta inspección.
La periodicidad puede ampliarse a 10 años si la actividad del centro está cubierta por un sistema de gestión energética certificado conforme a la norma ISO 50001 y dicho dispositivo abarca el sistema termodinámico o el sistema de ventilación combinado con calefacción por efecto Joule.
Para las instalaciones nuevas o sustituidas, la primera inspección debe realizarse a más tardar 5 años después de la puesta en servicio.
¿Cuáles son los plazos para los equipos existentes?
Para las instalaciones existentes a fecha de 1 de julio de 2020:
- el primer mantenimiento debe realizarse antes del 1 de julio de 2022, si procede;
- la primera inspección debe realizarse antes del 1 de julio de 2025, si procede.
¿Existen exenciones?
Sí, si el equipo está cubierto por un contrato de rendimiento energético (CPE) que cumpla con los criterios establecidos por la orden del 24 de julio de 2020.
Para los centros cuya actividad principal sea el almacenamiento frigorífico, mantener la certificación ISO 50001 sustituye a la inspección periódica.
Conclusión
Equipos que antes no estaban sujetos a inspección pueden estar ahora afectados por las obligaciones de mantenimiento o inspección, incluso si su potencia es inferior a 4 kW.
Le recomendamos:
- inventariar todos sus equipos termodinámicos (aires acondicionados, bombas de calor, etc.) anotando su potencia nominal;
- sumar estas potencias nominales por edificio para obtener la potencia nominal de cada sistema;
- si procede, programar una visita de mantenimiento antes del 1 de julio de 2022 o una inspección antes del 1 de julio de 2025, según la potencia, para los sistemas instalados a 1 de julio de 2020;
- integrar estos controles en su calendario de inspecciones obligatorias.
Recordatorio: las calderas están sujetas a otras obligaciones de control.





