Riesgo de radón: ¿está afectada mi empresa?

El radón, un gas radiactivo natural clasificado como cancerígeno, puede afectar a muchas empresas. Descubra sus obligaciones normativas y las medidas de prevención que debe implementar.

Marie Faucon
Consultante HSE
Publication : 
24.09.2021

Nota importante: Este artículo se refiere a la legislación francesa. Es posible que los requisitos descritos no sean aplicables en otros países.

Las empresas deben tener en cuenta el riesgo de exposición al radón en su evaluación de riesgos.

Por este motivo, le ofrecemos un resumen de las principales obligaciones legales al respecto.

¿Qué es el radón?

El radón es un gas radiactivo de origen natural, resultante de la desintegración del uranio y el radio.

Se forma en el subsuelo y está clasificado como cancerígeno*;

El radón está presente en toda Francia, con concentraciones elevadas en regiones graníticas y volcánicas (Macizo Armoricano, Macizo Central, Córcega, Vosgos, etc.), por ejemplo.

*Diversos estudios indican que, en Francia, la exposición al radón es la segunda causa de cáncer de pulmón, después del tabaco.

La concentración de radón en el aire de un edificio depende de las características del suelo, así como del propio edificio y de su ventilación.

¿Qué es el nivel de referencia?

Es el nivel de concentración de actividad del radón por encima del cual se considera inadecuado permitir la exposición de los trabajadores a las radiaciones ionizantes, aunque no se trate de un límite infranqueable.

Se ha fijado en 300 Bq/m3 como promedio anual.

¿Cómo se clasifican los municipios?

El potencial de radón de los municipios se establece mediante el decreto del 27 de junio de 2018 y figura en un mapa disponible en el sitio web de l’IRSN (Instituto de Radioprotección y Seguridad Nuclear). Encontrará los municipios clasificados en 3 categorías:

  • Zona 1: zonas con potencial de radón bajo;
  • Zona 2: zonas con potencial de radón bajo, pero donde factores geológicos específicos pueden facilitar la transferencia de radón a los edificios;
  • Zona 3: zonas con potencial de radón significativo.

¿A quién afecta la normativa sobre el radón en el entorno laboral?

Están afectadas las empresas siempre que los trabajadores (incluidos los trabajadores autónomos) puedan estar expuestos a un riesgo debido a radiaciones ionizantes de origen natural o artificial, especialmente en las actividades profesionales ejercidas:

  • en el subsuelo o en la planta baja de edificios situados en zonas donde la exposición al radón pueda afectar a la salud de los trabajadores
  • en determinados lugares de trabajo específicos cuya lista se establece en la orden del 30 de junio de 2021 (minas y canteras subterráneas, túneles, aparcamientos subterráneos, establecimientos termales, etc.)

Estos empleadores deben evaluar el riesgo de radón.

¿Cómo evaluar el riesgo de radón fuera de los lugares específicos?

¿Cómo evaluar el riesgo de radón en los lugares específicos?

El empleador debe implementar un sistema de alerta, a falta de un dispositivo de vigilancia ambiental de la actividad volumétrica de radón para cada trabajador o equipo de trabajadores que realice intervenciones de corta duración para las cuales la evaluación previa del riesgo de radón no permita concluir que no se superará el nivel de referencia.

¿Qué hacer si he identificado una zona de radón?

En caso de identificar una zona de radón, el empleador debe:

  • designar a un asesor en radioprotección;
  • señalizar la zona de radón;
  • proceder a la verificación inicial realizando mediciones de la concentración de actividad de radón en el aire en las zonas de radón durante la puesta en servicio de la instalación o tras cualquier modificación importante de las condiciones de trabajo que pueda afectar a la salud y seguridad de los trabajadores. Esta verificación debe ser realizada por un organismo acreditado o un organismo autorizado por la ASN. En los lugares de trabajo específicos, si el empleador decide establecer una zona de radón en todo el lugar de trabajo, no es necesario realizar una verificación inicial.
  • renovar periódicamente esta verificación (al menos cada 5 años o, si la actividad de radón es superior a 1000 Bq/m3, cada año), que es realizada entonces por el asesor en radioprotección;
  • proporcionar a los trabajadores equipos de protección individual cuando los medios de protección colectiva no sean suficientes;
  • formar a los trabajadores expuestos;
  • evaluar la exposición individual de los trabajadores que accedan a estas zonas antes de su asignación al puesto de trabajo y concederles una autorización
  • implementar una vigilancia dosimétrica del trabajador (mediante dosímetros de lectura diferida adaptados) cuando la dosis eficaz pueda superar los 6 mSv en 12 meses y garantizarle un seguimiento individual reforzado de su estado de salud.

¿Y en el caso de los establecimientos abiertos al público (ERP)?

Existen obligaciones adicionales para ciertos establecimientos abiertos al público (prisiones, balnearios, centros educativos, etc.), como por ejemplo:

  • Mediciones periódicas realizadas por el IRSN u organismos acreditados
  • Acciones correctivas,
  • Exposición de los resultados, etc.

Exposición al radón: conclusión

Todas las empresas deben evaluar el riesgo de exposición de sus trabajadores al radón y, más concretamente, registrar los resultados de su evaluación de riesgos en su documento único.

Nota: esta evaluación y los resultados de las mediciones deben transmitirse a los profesionales de la salud (médico del trabajo, colaborador médico, enfermero, etc.), así como al Comité Social y Económico (CSE).

Crédito de la foto: Luca Maffeis