Prevención de la penosidad: simplificación del dispositivo

La ley Rebsamen modifica el sistema de penosidad. Las fichas individuales son sustituidas por una declaración del empleador y se aseguran los marcos de referencia sectoriales.

Marie Faucon
Consultante HSE
Publication : 
09.07.2015

Nota importante: Este artículo se refiere a la legislación francesa. Es posible que los requisitos descritos no sean aplicables en otros países.

El sistema de «penosidad» se basa en la evaluación y el seguimiento de la exposición de los trabajadores a los factores de prevención de riesgos, en la cuenta de «penosidad» y los puntos y derechos que los trabajadores acumulan en este marco, así como en las medidas de prevención de la penosidad que deben implementarse. Hasta ahora, el funcionamiento general era el siguiente:

  • EVALUACIÓN de la exposición de los empleados
  • FORMALIZACIÓN de los resultados en fichas individuales
  • TRANSMISIÓN de los resultados a la administración

Desde la ley de enero de 2014 sobre la reforma de las pensiones, el empleado expuesto a uno o varios factores de penosidad tiene derecho a una cuenta de penosidad en la que acumula derechos en forma de puntos: acceso a formación para ocupar puestos menos «difíciles», posibilidad de trabajar a tiempo parcial (sin pérdida de remuneración) y, por último, la posibilidad de una jubilación anticipada.

La Ley n.º 2015-994 del 17 de agosto de 2015 relativa al diálogo social y al empleo (conocida como «ley Rebsamen») modifica, tal como se había anunciado hace unos meses, este sistema, especialmente en lo que respecta a las modalidades de evaluación de la exposición y a la formalización de los resultados que permiten dotar la cuenta de penosidad.

1) Supresión de la ficha de prevención de exposiciones (conocida como «ficha de penosidad»)

prévention de la pénibilité

La ley «Rebsamen» sustituye la ficha individual de prevención de la penosidad por una declaración del empleador ante el organismo gestor de la cuenta personal de prevención de la penosidad. A partir de ahora, el empleador debe declarar directamente las exposiciones de los empleados a los factores de penosidad, a través de la declaración anual de datos sociales (DADS), sin necesidad de elaborar una ficha previa.

Como recordatorio o información, la Declaración Social Nominativa (DSN) sustituirá de forma obligatoria a la Declaración Anual de Datos Sociales (DADS) a partir del 1 de enero de 2016. Los organismos gestores de la cuenta personal de prevención de la penosidad (CARSAT/CNAV/MSA) deben registrar los puntos correspondientes a los datos declarados por el empleador e informar cada año al empleado de los puntos acumulados.

2) Aseguramiento de los acuerdos sectoriales extendidos y homologación de los marcos de referencia profesionales

En el sistema actual, los empleadores tienen la posibilidad de determinar la exposición de sus empleados:

  • Ya sea evaluando la exposición directamente a partir de los factores definidos en el código laboral (artículo D. 4161-2 del código laboral);
  • O bien basándose en «situaciones tipo de trabajo» que correspondan a una exposición superior a los umbrales de penosidad definidos en el marco de acuerdos colectivos sectoriales extendidos.

Con el fin de facilitar esta evaluación de la exposición de los empleados a la penosidad siguiendo los marcos de referencia profesionales, ahora se prevé:

  • que los acuerdos sectoriales puedan determinar directamente qué puestos están expuestos a los factores de penosidad en función de los umbrales de exposición, teniendo en cuenta las protecciones individuales y colectivas;
  • que, a falta de un acuerdo sectorial extendido, los puestos, oficios o situaciones de trabajo expuestos por encima de los umbrales de penosidad también puedan definirse mediante un marco de referencia profesional sectorial, siempre que este sea homologado por orden ministerial.

Para dar seguridad jurídica a los marcos de referencia profesionales homologados y a los acuerdos sectoriales extendidos, el legislador ha precisado que un empleador que los aplique para declarar la exposición de sus trabajadores no podrá ser objeto de la penalización prevista en caso de declaración inexacta, ni de las penalizaciones y recargos por demora en concepto de regularización de las cotizaciones básicas o adicionales. A fecha de redacción de este artículo, aún no se ha publicado ningún acuerdo o marco de referencia. Este trabajo es, según el sector, una labor verdaderamente ardua y prolongada...

3) Cotizaciones al título de la cuenta de prevención de la penosidad

El tipo mínimo de la cotización adicional abonada por los empleadores al fondo encargado de la financiación de los derechos vinculados a la cuenta personal de prevención de la penosidad se reduce:

  • Paso del 0,3% al 0,1% de las remuneraciones o ingresos para los empleados expuestos a un factor de penosidad,
  • Paso del 0,6% al 0,2% de las remuneraciones o ingresos para los empleados que hayan estado expuestos simultáneamente a varios factores de penosidad.

Los tipos máximos no cambian. Cabe señalar que las empresas están exentas de su cotización básica en 2015 y 2016. Además, el plazo de recurso para un empleado en caso de impugnación relativa a la adquisición de puntos en su cuenta pasa de tres a dos años. Por último, el periodo durante el cual los organismos gestores de la cuenta personal de prevención de la penosidad pueden realizar una regularización de la cuenta pasa de 5 a 3 años (después del final del año en el que se inscribieron o debieron inscribirse los puntos). Todas estas modificaciones entraron en vigor el 19 de agosto de 2015.