Nota importante: Este artículo se refiere a la legislación francesa. Es posible que los requisitos descritos no sean aplicables en otros países.
La Ley n.º 2021-1018 del 2 de agosto de 2021, conocida como ley de salud laboral, tiene como objetivo reforzar la prevención en el ámbito de la salud en el trabajo, modernizar los servicios de prevención y salud laboral, y conectar la salud pública con la salud en el trabajo.
En particular, ha revisado las modalidades de elaboración y actualización de la evaluación de riesgos profesionales (documento único de evaluación de riesgos y evaluación de riesgos químicos), además de completar y adaptar el seguimiento médico para ciertas categorías de trabajadores.
En marzo de 2022 se publicaron dos decretos de aplicación que precisan estas modificaciones. A continuación, le explicamos lo que aportan estos dos nuevos textos.
Evaluación de riesgos profesionales
El decreto n.º 2022-395 del 18 de marzo de 2022 precisa los siguientes elementos:
| Antes del 31 de marzo de 2022 | A partir del 31 de marzo de 2022 | |
|---|---|---|
| Frecuencia y modalidades de actualización del documento único | Actualización anual para todas las empresas. Actualización también:
| Actualización anual para todas las empresas de más de 11 empleados. Actualización también:
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| Documentos derivados del documento único | Para las empresas de más de 50 empleados: Programa anual de prevención de riesgos laborales y de mejora de las condiciones de trabajo derivado del DUER, que debe contener:
Para las empresas < 50 empleados: Definir, a partir del documento único, las acciones de prevención de riesgos y de protección de los empleados | Para las empresas ≥ 50 empleados: Programa anual de prevención derivado de la evaluación de riesgos laborales que se desprende del DUER, que debe completarse con:
Para las empresas < 50 empleados: Definir, a partir del documento único, las acciones de prevención de riesgos y de protección de los empleados
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| Puesta a disposición del documento único | El DUERP debe estar a disposición de:
| Depósito digital en un portal digital:
El DUERP y sus versiones anteriores deben conservarse un mínimo de 40 años a disposición de:
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| Evaluación de riesgos químicos | El empleador debe evaluar los riesgos para la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a riesgos químicos | El empleador debe evaluar los riesgos para la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a riesgos químicos teniendo en cuenta, en caso de exposición sucesiva o simultánea a varios agentes químicos, los efectos combinados de todos esos agentes. |
Seguimiento médico de los trabajadores que disfrutan o han disfrutado de un seguimiento médico reforzado
El decreto n.º 2022-372 del 16 de marzo de 2022 precisa los siguientes elementos:
| Antes del 31 de marzo de 2022 | A partir del 31 de marzo de 2022 | |
|---|---|---|
| Seguimiento médico posprofesional y tras la exposición | Reconocimiento médico antes de la jubilación Debe organizarse un reconocimiento médico para los trabajadores que se beneficien o se hayan beneficiado de un seguimiento individual reforzado de su estado de salud, o los trabajadores que hayan tenido un seguimiento médico específico debido a su exposición a uno o varios de los siguientes riesgos con anterioridad a la aplicación del dispositivo de seguimiento individual reforzado:
Þ El médico del trabajo entrega al trabajador un balance de situación y recomienda una vigilancia posprofesional. Nota: Cuando un trabajador considere que está afectado por este reconocimiento médico y no haya sido informado por su empleador, puede, durante el mes anterior a su salida, solicitar acogerse a él directamente ante su servicio de salud laboral. En ese caso, informa a su empleador de su gestión. | Reconocimiento médico antes de la jubilación y tras el cese de la exposición Debe organizarse un reconocimiento médico para los trabajadores que se beneficien o se hayan beneficiado de un SIR de su estado de salud, o los trabajadores que hayan estado expuestos a uno o varios de los siguientes riesgos con anterioridad a la aplicación del dispositivo de seguimiento individual reforzado:
=> El médico del trabajo entrega al trabajador un balance de situación y establece, en su caso, una vigilancia posprofesional o posterior a la exposición Nota: Cuando un trabajador considere que cumple las condiciones que le permiten acogerse a este reconocimiento médico y no haya sido avisado de la transmisión de esta información por el empleador, puede, durante el mes anterior al cese de la exposición o a su salida y hasta seis meses después del cese de la exposición, solicitar acogerse a este reconocimiento directamente ante su servicio de salud laboral. |
| Visita previa a la reincorporación | Puede organizarse una visita previa a la reincorporación para los trabajadores en baja laboral de una duración superior a 3 meses, a iniciativa del médico de cabecera, del médico asesor de los organismos de la seguridad social o del trabajador. | Ahora puede organizarse una visita previa a la reincorporación para los trabajadores en baja laboral de una duración superior a 30 días. Por lo tanto, ya no debe ser sistemática para todas las bajas de más de tres meses de duración y ya no tiene que ser necesariamente a iniciativa del médico de cabecera, del médico asesor de los organismos de la seguridad social o del trabajador. |
| Examen de reincorporación | El trabajador se beneficia de un examen de reincorporación al trabajo por parte del médico del trabajo:
| El trabajador se beneficia de un examen de reincorporación al trabajo por parte del médico del trabajo:
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(*) : las disposiciones relativas a la visita de pre-reincorporación y al examen de reincorporación no se modifican para los trabajadores sujetos al régimen agrícola.
Para obtener una visión completa de todas las modificaciones introducidas por la ley de salud laboral, le invitamos a consultar el artículo anterior publicado en noviembre de 2021.
Crédito de la foto: 364755843 @TarikVision





