El protocolo de seguridad es un procedimiento similar al plan de prevención, pero adaptado a las operaciones de carga y descarga.
Condiciones necesarias para la implementación de un protocolo de seguridad
Es necesario siempre que una empresa externa (el transportista), que provenga o se dirija a un lugar ajeno a la empresa usuaria (empresa receptora), deba realizar la totalidad o parte de estas operaciones de carga y descarga. Debe llevarse a cabo:
- En caso de operación puntual: Para cada operación de carga y descarga.
- En caso de operación repetitiva que involucre a las mismas empresas: se realiza una sola vez, antes de la primera operación.
¿Esto afecta a todos los modos de transporte? ¿Incluso a un vehículo ligero?
Sí, independientemente del vehículo y del tipo de mercancía, todas las operaciones de carga y descarga están incluidas (art. 4515-2 del Código del Trabajo).
¿Qué se considera una operación repetitiva?
Se entiende por operación repetitiva, entre una empresa receptora y un transportista, aquella que es recurrente en los siguientes aspectos:
- «Los mismos materiales»: se refiere a productos o sustancias de la misma naturaleza,
- «El mismo entorno»: se realiza en las mismas ubicaciones,
- «El mismo método»: y siguiendo el mismo procedimiento operativo,
- «Los mismos equipos»: utiliza los mismos tipos de vehículos y equipos de manipulación.
Coordinación previa
El protocolo se establece mediante un intercambio entre los empleadores (o sus representantes) de la empresa receptora y la empresa de transporte antes de realizar la operación prevista. A diferencia del plan de prevención, no es necesaria una inspección común previa que requiera la presencia física y simultánea de los distintos empleadores.
« ¡Vaya, no estaba previsto, pero el conductor ya está aquí! »
En caso de que el transportista no pueda ser identificado antes de la operación, el empleador de la empresa receptora deberá recopilar por cualquier medio apropiado la información necesaria relativa al protocolo de seguridad.
Es habitual exponer en la zona de recepción de conductores las normas de seguridad, especialmente las relativas a las operaciones de carga o descarga, el lugar de entrega, los equipos y maquinaria específicos, los medios de socorro, etc. Asimismo, es recomendable obtener la confirmación de que han comprendido dicha información mediante un documento firmado por ellos.
Cuando la entrega la realiza un transportista extranjero, la empresa receptora debe asegurarse de que sus normas sean comprendidas. ¿Existe un documento explicativo en varios idiomas?
Y si persiste la duda, ¡cuidado! En caso de accidente, la responsabilidad recae sobre la empresa receptora.
Contenido del protocolo
El protocolo de seguridad incluye la información necesaria para evaluar los riesgos de cualquier tipo generados por la operación, así como las medidas de prevención y seguridad que deben observarse en cada una de sus fases. Esta evaluación puede delegarse en la práctica al Responsable de Seguridad, siempre que cuente con la autoridad, la competencia y los medios necesarios (R. 5411-9 del Código del Trabajo). Para facilitar esta evaluación, la CRAM propone en su documento de recomendación R. 512 seguir la siguiente cronología:
- Paso 1: Llegada a la empresa receptora
- Paso 2: Circulación en el recinto
- Paso 3: Maniobra y preparación del vehículo
- Paso 4: Carga / Descarga
- Paso 5: Estiba
- Paso 6: Salida
Para la empresa receptora, el protocolo de seguridad incluye, entre otros, la siguiente información:
- Las normas de seguridad, especialmente las relativas a la operación de carga o descarga;
- El lugar de entrega o recogida, las modalidades de acceso y estacionamiento en los puestos de carga o descarga, acompañadas de un plano y las normas de circulación;
- Los equipos y maquinaria específicos utilizados para la carga o descarga;
- Los medios de socorro en caso de accidente o incidente;
- La identidad del responsable designado por la empresa receptora, en quien el empleador delega, en su caso, sus atribuciones.
Para el transportista, el protocolo de seguridad describe, en particular:
- Las características del vehículo, su distribución y su equipamiento;
- La naturaleza y el embalaje de la mercancía;
- Las precauciones o requisitos especiales derivados de la naturaleza de las sustancias o productos transportados, especialmente los impuestos por la normativa relativa al transporte de mercancías peligrosas.
¿Quién firma el protocolo? ¿Quién puede consultarlo?
- Los directores de empresa: cada responsable de establecimiento (transporte y recepción) conserva una copia de su protocolo, fechada y firmada (por él o su representante).
- El comité de empresa (CSE/CSSCT) y la inspección de trabajo: el protocolo de seguridad debe estar a su disposición.
¿Cuál es la duración de validez de un protocolo de seguridad? ¿Y su periodo de conservación?
Sigue siendo válido mientras los empleadores interesados consideren que el desarrollo de las operaciones identificadas no ha sufrido ninguna modificación significativa, de cualquier tipo que sea.
Para saber más:
Las recomendaciones de la CRAM: https://www.ameli.fr/sites/default/files/Documents/R512-Socle-TRM_V2-juin2022.pdf
La página del INRS: https://www.inrs.fr/risques/entreprises-exterieures/protocole-securite.html





