Enfoque en el Balance Climático Simplificado

Ciertas empresas y asociaciones beneficiarias del plan de recuperación deben elaborar un Balance Climático Simplificado, distinto del balance de GEI reglamentario.

Marie Faucon
Consultante HSE
Publication : 
02.02.2022

Nota importante: Este artículo se refiere a la legislación francesa. Es posible que los requisitos descritos no sean aplicables en otros países.

Ciertas personas jurídicas de derecho privado (empresas, asociaciones, etc.) que se benefician (o se han beneficiado) de créditos del plan de recuperación 2020-2022 deben, como contrapartida, cumplir con ciertas obligaciones.

Entre estas obligaciones, figura especialmente la realización de un balance simplificado de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) denominado Balance Climático Simplificado.

Atención: esta obligación es distinta de la prevista por el código de medio ambiente, que impone a las empresas de más de 500 empleados en la Francia metropolitana (250 empleados en las regiones y departamentos de ultramar) la realización de unbalance de GEI y su actualización cada 4 años.

¿Quién está afectado por el Balance Climático Simplificado?

Las personas jurídicas de derecho privado (empresas, asociaciones, etc.):

  • Que empleen entre 51 y 500 trabajadores;
  • Y que se beneficien (o se hayan beneficiado) de créditos del plan de recuperación 2020-2022 puesto en marcha por el gobierno con el objetivo de reactivar la economía francesa tras la crisis económica derivada de la pandemia de Covid-19.

¿Cómo realizarlo?

El Balance Climático Simplificado se centra en las emisiones directas producidas por las fuentes de energía fijas y móviles necesarias para las actividades de la entidad (alcance 1)

El Balance Climático Simplificado se calcula a partir de la información transmitida por las entidades afectadas en la plataforma  https://www.bilans-climat-simplifies.ademe.fr

La calculadora de esta plataforma propondrá, siguiendo un enfoque de control operativo, identificar y cuantificar estas emisiones de forma coherente con la metodología reglamentaria de los balances de GEI.

¿Qué datos se hacen públicos?

El público tiene acceso a:

  • la totalidad de los resultados de los balances simplificados;
  • el resto de la información declarada (razón social, número de empleados, etc.), a excepción de los datos de contacto de los responsables del seguimiento de los balances simplificados.

¿Cuáles son los plazos?

La transmisión de los datos en la plataforma debe realizarse:

  • a más tardar el 31 de diciembre de 2022 para las empresas de más de 250 empleados;
  • a más tardar el 31 de diciembre de 2023 para las empresas que emplean entre 51 y 250 trabajadores.

El Balance Climático Simplificado debe actualizarse cada 3 años (incluso después del plan de recuperación).

Crédito de la foto: 457142881 @malp