El mes pasado publicamos un artículo que abordaba dos aspectos de la nueva autorización ambiental única : los proyectos afectados fueron objeto de la primera sección, mientras que los procedimientos incluidos se trataron en la segunda.
La autorización ambiental única: las etapas de este procedimiento
1. Una novedad: el certificado de proyecto
Antes de presentar la solicitud de autorización ambiental, el peticionario puede solicitar información a los servicios estatales pertinentes para preparar su proyecto y su expediente. Cuando el proyecto está sujeto a un examen caso por caso, debe dirigirse a la autoridad ambiental (generalmente el prefecto de la región). El objetivo es determinar si el proyecto debe someterse a una evaluación ambiental.
Recordatorio: algunos proyectos deben someterse a un examen caso por caso por parte de la autoridad ambiental para determinar si requieren una evaluación ambiental. La tabla del artículo R. 122-2 del código ambiental enumera los proyectos afectados (como, por ejemplo, las ICPE que no son IED ni SEVESO).
El peticionario también puede solicitar la emisión de un certificado de proyecto. La solicitud de este certificado puede ir acompañada de una:
- solicitud de examen caso por caso
- solicitud de dictamen sobre el alcance y el grado de precisión de la información que debe incluirse en el estudio de impacto
- solicitud de certificado urbanístico
El certificado de proyecto se emite en un plazo de dos meses tras la recepción del expediente completo por parte del prefecto. El certificado de proyecto cumple varias funciones, entre ellas:
- identificar los regímenes, procedimientos y decisiones a los que está sujeto el proyecto
- precisar las etapas principales de la tramitación
- proporcionar la lista de documentos requeridos para cada una de ellas
- integrar la arqueología preventiva y las respuestas a solicitudes complementarias: el examen caso por caso, la solicitud de dictamen sobre el estudio de impacto y el certificado urbanístico
Puede establecer un calendario de instrucción como compromiso recíproco. En ese caso, el solicitante dispone de un mes para notificar su conformidad.
2. La solicitud de autorización ambiental única
El expediente de solicitud de autorización se envía al prefecto del departamento en cuatro ejemplares impresos y en formato electrónico. Debe incluir, entre otros, los siguientes elementos:
- planos,
- una descripción de las actividades proyectadas,
- un resumen no técnico,
- un estudio de impacto si el proyecto está sujeto a evaluación ambiental, o bien un estudio de incidencia ambiental
El expediente de solicitud se completa con los documentos, información y anexos específicos de las actividades, instalaciones, obras y trabajos previstos en el proyecto, así como de los espacios y especies protegidos que pudieran verse afectados.
Para proyectos relacionados con instalaciones clasificadas para la protección del medio ambiente (ICPE) sujetas a autorización, el expediente debe incluir los documentos anteriormente exigidos para la solicitud de autorización de explotación de ICPE, en particular:
- un estudio de riesgos,
- un informe sobre el estado de contaminación del suelo en caso de solicitud de modificaciones sustanciales para instalaciones sujetas a la constitución de garantías financieras,
- la mención de la capacidad técnica y financiera del operador, etc.
Las capacidades técnicas y financieras consideradas son aquellas que el solicitante prevé implementar, y no las que posee en el momento de la solicitud.
Un decreto (aún pendiente de publicación) establecerá un modelo nacional de formulario de solicitud de autorización.
3. La instrucción de la solicitud de autorización ambiental única
La instrucción de la solicitud de autorización ambiental se desarrolla en tres fases y tiene una duración aproximada de 9 meses:

El prefecto delega la gestión de estas fases en servicios instructores coordinadores: el servicio de inspección de instalaciones clasificadas (DREAL [1] y DDPP [2]) para proyectos ICPE y la policía del agua (DDT [3]) para proyectos IOTA.
[1] Dirección regional de medio ambiente, ordenación y vivienda
[2] Dirección departamental de protección de las poblaciones
[3] Dirección departamental de territorios
La fase de examen (4-5 meses)
Durante esta fase de examen, el prefecto del departamento verifica que el expediente esté completo y solicita la intervención de los servicios estatales pertinentes (si es necesario, la agencia regional de salud, la autoridad medioambiental, etc.). Estos dictámenes se emiten en un plazo de 45 días y se consideran favorables si no hay respuesta tras dicho periodo.
La duración de la fase de examen de la solicitud de autorización medioambiental es:
- la indicada en el certificado de proyecto si se ha emitido y aceptado un calendario de instrucción por parte del solicitante,
- o de 4 meses a partir de la fecha del acuse de recibo del expediente completo.
El plazo se suspende en caso de solicitud de información complementaria o de regularización del expediente. El prefecto también puede prorrogar la fase de examen hasta cuatro meses adicionales.
La fase de consulta pública (3-4 meses)
Una vez finalizada la fase de examen, el prefecto dispone de 15 días para solicitar al tribunal administrativo la designación de un comisario investigador. Posteriormente, una vez realizada la designación, dispone de un nuevo plazo de 15 días para decidir la apertura de la consulta pública.
Esta última se lleva a cabo según las modalidades previstas por el código medioambiental. Su objetivo es informar al público y recoger sus observaciones, propuestas y contrapropuestas. El comisario investigador dirige la consulta y elabora un informe que:
- relata el desarrollo de la investigación
- examina las observaciones recogidas
- emite su opinión sobre el proyecto mediante conclusiones motivadas
Durante esta fase, el prefecto también recaba las opiniones de las entidades locales y de los grupos afectados por el proyecto.
La fase de decisión (2-3 meses)
En los 15 días siguientes a la recepción del informe de la investigación pública, el prefecto transmite, a título informativo, la nota de presentación no técnica de la solicitud de autorización ambiental y las conclusiones motivadas del comisario investigador, ya sea:
- a la comisión departamental de la naturaleza, los paisajes y los sitios (CDNPS), cuando la solicitud de autorización ambiental se refiera a una cantera o a un parque eólico
- al consejo departamental del medio ambiente y de los riesgos sanitarios y tecnológicos (CODERST) en los demás casos.
El prefecto toma su decisión sobre la solicitud de autorización ambiental en un plazo de dos meses a partir de la finalización de la investigación, o en el plazo previsto por el calendario del certificado de proyecto (si existe). Este plazo puede prorrogarse un mes si se solicita la opinión de la CDNPS o del CODERST. La falta de decisión por parte del prefecto dentro de este plazo equivale a una decisión implícita de denegación.
El decreto de autorización ambiental única incluye, en particular, las medidas de evitación, reducción y compensación, así como sus modalidades de seguimiento, establecidas teniendo en cuenta las prescripciones especiales (si existen) que acompañan al permiso de construcción, urbanización o demolición. También incluye:
- si procede, las prescripciones destinadas a reducir o prevenir la contaminación transfronteriza
- las condiciones de explotación de la instalación durante los periodos de puesta en marcha, mal funcionamiento o parada temporal
- los medios de análisis y medición necesarios para el control del proyecto y la vigilancia de sus efectos sobre el medio ambiente, así como las condiciones en las que los resultados de dichos análisis y mediciones se ponen en conocimiento de la inspección de medio ambiente
- las condiciones de restauración del emplazamiento tras el cese de la actividad
- las prescripciones arqueológicas que deben observarse en caso de obras
Para informar a terceros, durante al menos un mes, la administración expone en el ayuntamiento del municipio donde se ubica el proyecto un extracto del decreto de autorización y publica dicho decreto en el sitio web de la prefectura.
Implementación de la autorización ambiental única
Cualquier modificación sustancial de las actividades, instalaciones, obras o trabajos sujetos a la autorización ambiental única requiere una nueva autorización.
Cualquier otra modificación importante debe ser comunicada al prefecto por el beneficiario de la autorización antes de su ejecución, aportando todos los elementos de evaluación necesarios.
En caso de modificaciones sustanciales o importantes, el prefecto puede imponer prescripciones complementarias mediante decreto. Estas prescripciones pueden establecer medidas adicionales o suprimir aquellas iniciales cuya vigencia ya no esté justificada.
El beneficiario de la autorización también puede solicitar una adaptación de sus prescripciones. El silencio administrativo durante más de 2 meses a partir del acuse de recibo emitido por el prefecto equivale a una decisión implícita de denegación. Este plazo se amplía a 3 meses en caso de requerirse el dictamen de la CDNPS o del CODERST.
La autorización puede establecer una duración determinada para aquellas instalaciones que puedan generar ciertos peligros (por ejemplo, las canteras). La solicitud de prórroga o renovación de una autorización ambiental única debe enviarse al prefecto al menos dos años antes de la fecha de expiración de dicha autorización. Esta solicitud estará sujeta a los mismos trámites que la solicitud inicial si contempla realizar una modificación sustancial en las actividades, instalaciones, obras o trabajos autorizados.
En el caso general de transferencia, el nuevo beneficiario de la autorización debe realizar una declaración ante el prefecto en un plazo de 3 meses tras la transferencia.
El prefecto puede solicitar en cualquier momento, durante la instrucción de la solicitud o tras la concesión de la autorización, una peritación externa a cargo del solicitante. Esto permite analizar elementos del expediente que requieran verificaciones específicas.
Recursos y reclamaciones

Los recursos se presentan ante el juez administrativo. Los plazos indicados en el esquema anterior se prorrogan 2 meses en caso de:
- recurso administrativo (gracioso): recurso dirigido al autor de la decisión impugnada
- o recurso jerárquico: recurso dirigido al superior jerárquico del autor de la decisión
El juez administrativo puede decidir anular solo una parte del procedimiento de autorización ambiental única o solo una parte de la autorización. También puede aplazar su decisión hasta que se proceda a la regularización.
Los terceros pueden presentar una reclamación ante el prefecto a partir de la puesta en servicio. El objetivo es impugnar la insuficiencia o inadecuación de las prescripciones. Si lo considera necesario, el prefecto puede entonces establecer nuevas prescripciones mediante un decreto complementario.
Coordinación con los procedimientos urbanísticos
La concesión de permisos (construcción, demolición, urbanización) y de declaraciones previas, conforme al código de urbanismo, puede realizarse antes de la autorización ambiental. Sin embargo, el permiso de construcción solo puede ejecutarse una vez obtenida dicha autorización. Además, se realiza una única encuesta pública conjunta para la autorización ambiental y el permiso de construcción.
Cabe señalar que, para los parques eólicos terrestres, la autorización ambiental única exención de licencia de obra.
Conclusión
A partir del 1ro de julio de 2017, las solicitudes para proyectos de nuevas instalaciones ICPE e IOTA sujetas a autorización deberán seguir este nuevo procedimiento deautorización ambiental única. Para las instalaciones existentes, algunos proyectos de modificación también se verán afectados: aquellos considerados como modificaciones sustanciales.





