La normativa relativa al transporte de mercancías peligrosas por carretera evoluciona cada año impar con la adopción de una nueva versión delADR. A pocos días de la publicación del ADR 2017, le ofrecemos un resumen de las principales novedades que podrán aplicarse a partir del 1er de enero de 2017 y que serán obligatorias el 1er de julio de 2017.
Nueva versión del ADR
Consejero de seguridad
Las operaciones de embalaje de mercancías peligrosas y de llenado de cisternas deberán ser tenidas en cuenta explícitamente por el Consejero de seguridad en el ejercicio de sus funciones. Por tanto, el Consejero de seguridad deberá examinar:
- los procedimientos de verificación del material utilizado para las operaciones de embalaje y llenado
- los procedimientos de emergencia previstos en caso de accidente o incidente durante las operaciones de embalaje o llenado
- las instrucciones y acciones de sensibilización dirigidas al personal que realiza este tipo de operaciones.
Asimismo, el Consejero de seguridad deberá elaborar un informe de accidente para la dirección de la empresa en caso de que se produzca un accidente que afecte a personas, bienes o al medio ambiente durante una operación de embalaje o llenado.
El ADR 2017 introduce, además, la posibilidad de organizar el examen de Consejero de seguridad en formato electrónico, algo que ya ocurre en algunos países. No obstante, el Comité Interprofesional para el desarrollo de la Formación en el transporte de Mercancías Peligrosas (CIFMD), organizador del examen en Francia, no tiene previsto recurrir a esta solución a corto plazo.
Clasificación de las mercancías peligrosas
Si un expedidor determina, mediante pruebas, que una mercancía peligrosa designada por su nombre en elADR presenta un riesgo subsidiario no indicado en las etiquetas de peligro asociadas al número ONU, podrá, con la autorización de la autoridad competente, expedir dicha mercancía:
- ya sea bajo un epígrafe genérico n.e.p. más adecuado
- o bajo el mismo número ONU correspondiente a la mercancía designada por su nombre, completando el documento de transporte, las etiquetas de los bultos o las placas-etiqueta del vehículo para informar sobre el riesgo subsidiario identificado, siempre que se mantenga la clase de peligro principal y se apliquen las normas de transporte correspondientes a las mercancías que presentan la combinación de riesgos considerada.
En este caso, el documento de transporte deberá incluir la mención «clasificado conforme al 2.1.2.8».
Materias que polimerizan
La clase 4.1, que hasta ahora agrupaba las materias sólidas inflamables, las materias autorreactivas y las materias explosivas desensibilizadas sólidas, se amplía con una nueva categoría: las «materias que polimerizan». Esta categoría incluye 4 nuevos números ONU, del 3531 al 3534, sujetos a diversas disposiciones destinadas a prevenir la polimerización de los productos durante el transporte.
Marcado de los bultos
Las marcas adicionales exigidas por una disposición especial del ADR 2017 en los bultos deberán tener obligatoriamente al menos 12 mm de altura, ser fácilmente visibles y legibles, y resistir a la intemperie sin degradación notable. Esto afecta, en particular, a las marcas «AEROSOLES» y «PILAS DE LITIO PARA ELIMINACIÓN o RECICLAJE».
Materias peligrosas para el medio ambiente
Las materias peligrosas para el medio ambiente clasificadas bajo los números ONU 3077 (sólidos) y 3082 (líquidos) dejarán de estar sujetas a restricciones de paso por túneles. Hasta ahora, los vehículos que transportaban estas materias tenían prohibido circular por túneles de categoría E (salvo en transporte en bultos con una cantidad neta ≤ 5 litros o 5 kg por embalaje simple o interior).
Aerosoles
El acondicionamiento de aerosoles (UN 1950) en un embalaje grande deberá cumplir con una nueva instrucción de embalaje, la LP200, que sustituye a la actual LP02. Los embalajes grandes utilizados deberán cumplir, en particular, con el nivel de ensayo del grupo de embalaje II (marcado «Y») en lugar del grupo de embalaje III (marcado «Z»). No obstante, una medida transitoria permitirá seguir utilizando embalajes grandes conformes a la instrucción de embalaje LP02 hasta el 31 de diciembre de 2022.
Nieve carbónica o hielo seco
Hasta ahora exentos del ADR, los transportes de dióxido de carbono sólido (UN 1845) como mercancía peligrosa estarán sujetos a partir de ahora a las mismas disposiciones que los transportes de bultos o vehículos que lo contengan con fines de refrigeración o acondicionamiento de otros productos.
En resumen, los bultos deberán:
- resistir las bajas temperaturas
- no verse alterados por la nieve carbónica
- estar diseñados para permitir la salida del gas, a fin de evitar un aumento de la presión que pueda provocar la rotura del embalaje
- llevar la inscripción «NIEVE CARBÓNICA»
- ser transportados en vehículos y contenedores bien ventilados (= concentración de dióxido de carbono inferior al 0,5% en volumen + concentración de oxígeno superior al 19,5% en volumen), salvo si no es posible el intercambio de gases entre el compartimento de carga y la cabina del conductor.
En caso de ventilación insuficiente del vehículo o contenedor, y debido al riesgo de asfixia, deberá colocarse la siguiente marca de advertencia en cada punto de acceso. Debe ser fácilmente visible para las personas que abran las puertas o que entren en el vehículo o contenedor.
Embalajes vacíos sin limpiar
Como recordatorio:
- Un embalaje sucio debe haber contenido una mercancía clasificada como peligrosa por el ADR para ser clasificado a su vez bajo el ADR
- Entre los embalajes sucios de materias peligrosas, solo los embalajes vacíos Y limpios pueden estar exentos del ADR.

En el caso n.º 1, los embalajes vacíos están en buen estado. Pueden cerrarse y están destinados a ser reutilizados. Para un transporte conforme al ADR, deben estar marcados (número UN) y etiquetados como si estuvieran llenos.
En aplicación del ADR 2017, la mención que figure en el documento de transporte que acompañe a dichos embalajes que hayan contenido materias de las clases 3 a 9, excepto la 7, será a partir de ahora «EMBALAJE VACÍO CON RESIDUOS DE [...]» seguida de la(s) clase(s) y riesgo(s) subsidiario(s) correspondiente(s) a los diferentes residuos.
Por ejemplo, embalajes vacíos sin limpiar que hayan contenido mercancías de la clase 3 transportados junto con embalajes vacíos sin limpiar que hayan contenido mercancías de la clase 8 que presenten un riesgo subsidiario de la clase 6.1. Podrán designarse en el documento de transporte de la siguiente manera: «EMBALAJES VACÍOS CON RESIDUOS DE 3, 6.1, 8».
Pilas y baterías de litio
Se deberá colocar una nueva marca en los paquetes que contengan pilas o baterías de litio «pequeñas» que hayan sido preparados de conformidad con la disposición especial 188.
Asimismo, se introduce una nueva etiqueta 9A para el etiquetado de otros paquetes de pilas y baterías de litio. Esta etiqueta sustituye a la etiqueta de la clase 9 para los números ONU 3090, 3091, 3480 y 3481.
Instrucciones de seguridad en el ADR
Las instrucciones escritas de seguridad que deben llevarse a bordo de los vehículos han sido objeto de algunas modificaciones para tener en cuenta otras evoluciones del ADR (p. ej., la adición de materias que polimerizan y la nueva etiqueta 9A para pilas de litio).
Los transportistas deberán entregar a sus conductores las instrucciones de seguridad actualizadas según el nuevo modelo antes del 1er de julio de 2017 a más tardar.





