Sus principales obligaciones como expedidor de residuos en bultos sujetos al ADR

Un residuo, especialmente si es una mezcla, puede presentar características de peligrosidad que lo incluyan en varias clases de peligro o grupos de materias, o bien tener una composición que no se conoce con exactitud. En este artículo, descubra las diferentes clasificaciones de un residuo con múltiples peligros, cómo identificar la elección de los envases, las normas que debe seguir para elegir al transportista adecuado y cómo gestionar todo el proceso de seguimiento de sus residuos.

Monique Argaud
Consultante HSE
Publication : 
12.03.2025

Nota importante: Este artículo se refiere a la legislación francesa. Es posible que los requisitos descritos no sean aplicables en otros países.

Clasificación de residuos

Un residuo, especialmente si es una mezcla, puede presentar características de peligrosidad que lo incluyan en varias clases de peligro o grupos de materias, o bien tener una composición que no se conoce con exactitud.

Por lo tanto, la clasificación de un residuo requerirá conocer sus características físicas y químicas, utilizar las FDS de los productos que componen el residuo, contar con la opinión de un químico si fuera necesario y aplicar los procedimientos definidos en el ADR.

Clasificación de materias designadas por su nombre o que presentan una única característica de peligro

Si el residuo está compuesto por una materia designada por su nombre en el ADR, se clasificará bajo ese epígrafe:

Ejemplo : Residuo compuesto de gasolina: UN 1203 RESIDUO GASOLINA, 3, II, (D/E) PELIGROSO PARA EL MEDIO AMBIENTE

Si el residuo está compuesto por materias que solo presentan una característica de peligro o por materias que no están designadas por su nombre, se utilizará el epígrafe colectivo más preciso para el residuo dentro de la clase de peligro en cuestión:

Ejemplo: Residuo compuesto de gasolina y gasóleo: UN 3295 RESIDUO HIDROCARBUROS LÍQUIDOS N.E.P. (Gasolina, gasóleo), 3, II, (D/E) PELIGROSO PARA EL MEDIO AMBIENTE

Clasificación de un residuo que presenta varios peligros (mezclas)

Paso 1: Preponderancia de las clases de peligro :

Si un residuo presenta varias características de peligro y cumple con los criterios de una de las siguientes clases o grupos de materias, se clasificará automáticamente bajo la clase o grupo de materia que presente dicho peligro predominante, siguiendo este orden:

  • Clase 7 - Materias radiactivas
  • Clase 1 - Explosivos
  • Clase 2 - Gases
  • Materias explosivas desensibilizadas (Código de clasificación D) de la clase 3 (ej.: UN 1204 Nitroglicerina en solución alcohólica, UN 2059 Nitrocelulosa en solución inflamable)
  • Materias autorreactivas (Código de clasificación SR) y Materias explosivas desensibilizadas (Código de clasificación D) de la clase 4.1 (Ej.: UN 1344 Trinitrofenol (ácido pícrico) humedecido con al menos un 30 % (masa) de agua…)
  • Materias pirofóricas (se inflaman en contacto con el aire) de la clase 4.2
  • Clase 5.2 Peróxidos orgánicos
  • Materias de la clase 6.1 que cumplen con los criterios de toxicidad por inhalación del grupo de embalaje I
  • Clase 6.2 - Materias infecciosas

Paso 2: Preponderancia por materias específicamente designadas :

Si está presente alguna de las siguientes materias mencionadas específicamente, el residuo debe clasificarse bajo el número ONU de dicha materia:

  • Clase 3 (ONU 1921 y 3064),
  • Clase 6.1 (ONU 1051, 1185, 1259, 1613, 1614, 1994, 2480, 2481, 3294) y
  • Clase 8 (ONU 1052, 1744, 1790, 2576),
  • Clase 9 correspondiente a los números ONU 2315, 3151, 3152, 3432,

Paso 3 (caso más frecuente):

Si el residuo no pertenece a ninguna de las categorías citadas anteriormente, la tabla de preponderancia de peligros del 2.1.3.10 («de doble entrada») permite determinar la clase de peligro principal y el/los peligro(s) subsidiario(s), y el residuo se clasificará en un epígrafe colectivo de dicha clase principal.

Ejemplo : Mezcla de etanol (Clase 3, II) y ácido clorhídrico (Clase 8, III)

Según la tabla de preponderancia de peligros del 2.1.3.10, la clasificación en la clase 3 (inflamable), grupo de embalaje II, es preponderante. Por lo tanto, la mezcla se clasificará en la clase 3 con riesgo subsidiario 8 – Corrosivo:

Sección colectiva : UN 2924 LÍQUIDO INFLAMABLE, CORROSIVO, N.E.P. (ETANOL, ÁCIDO CLORHÍDRICO), 3 (8), II, (D/E)

Tabla de orden de preponderancia de los peligros

Residuos cuya composición no se conoce con exactitud (2.1.3.5.5):

En el caso de residuos cuya composición no se conozca con exactitud, la clasificación puede basarse en el conocimiento que tenga el expedidor sobre los peligros de dichos residuos.

En caso de duda, debe elegirse el grado de peligro más elevado.

En este caso, salvo para los códigos UN 3077 y UN 3082 (materias peligrosas para el medio ambiente), no es posible asignar el grupo de embalaje III: debe asignarse el grupo de embalaje II al residuo, siempre que sea posible demostrar que no cumple los criterios del grupo de embalaje I.

La mención « RESIDUOS CONFORME AL 2.1.3.5.5 » deberá figurar en el documento de transporte (el BSD si se utiliza como documento de transporte ADR)

Ejemplo : Efluente del cual el expedidor sabe que presenta un riesgo de inflamabilidad pero cuya composición no se conoce con exactitud:

UN 1993 LÍQUIDO INFLAMABLE N.E.P., 3, II, (D/E) RESIDUOS CONFORME AL 2.1.3.5.5

RECORDATORIO : Le recordamos que, aunque se apoye en las competencias o los medios de un tercero (en particular, un gestor de residuos), usted sigue siendo, como expedidor, el responsable de la clasificación de sus residuos.

Elección de los embalajes y preparación de los bultos

Elección del embalaje

La elección del acondicionamiento se realiza identificando las instrucciones de embalaje mencionadas en la tabla A del ADR, según cada número ONU.

La regla general es el uso de embalaje homologado (que cumple con diversas pruebas: caída, presión, etc.) para el transporte de mercancías peligrosas.

  • El certificado de homologación : El centro debe asegurarse (como embalador) de disponer de una copia del certificado de aprobación del embalaje.
  • Vida útil de los embalajes de plástico rígido: Los embalajes de plástico rígido tienen una vida útil de 5 años como máximo (Novedad ADR 2025 – Párrafo 4.1.1.21.7: 2,5 años en el caso de residuos que contengan compuestos clorados, entre otros) a partir de la fecha de fabricación.
  • Uso de Gran Recipiente para Granel (GRG): Los GRG están sujetos a inspección periódica por parte de un organismo autorizado cada 2,5 años

Adaptaciones para ciertos residuos

Las instrucciones de embalaje pueden exceptuarse de esta regla (bajo ciertas condiciones) para determinados residuos (aerosoles usados, pilas mezcladas, baterías de electrolito ácido UN 2794, embalajes desechados 3509, etc.).

Por ejemplo:

Envases desechados vacíos sin limpiar (UN 3509): Los envases vacíos sin limpiar desechados y expedidos bajo el número UN 3509 pueden acondicionarse en embalajes no homologados que cumplan con las instrucciones de embalaje P003/RR9, IBC08/BB3 o LP02/LL1. Los embalajes deben ser rígidos y estancos. Es posible utilizar un embalaje flexible si no hay presencia alguna de líquido (ej. caja palé no homologada).

aérosols usagés

Aerosoles usados: Los generadores de aerosoles desechados deben embalarse de conformidad con la instrucción de embalaje P207: embalajes exteriores rígidos no homologados con una masa neta máxima ≤ 55 kg (cartón) o 125 kg (otros materiales distintos al cartón) y con la disposición especial P.

Esta última establece que los embalajes deben estar correctamente ventilados para evitar la formación de atmósferas peligrosas y la acumulación de presión. Además, el embalaje debe estar provisto de medios que permitan retener cualquier líquido liberado que pudiera escaparse durante el transporte, por ejemplo, material absorbente o bolsas.

Marcado y etiquetado de los bultos

A continuación, se debe proceder al:

Marcado: N.º ONU (los caracteres deben medir, por lo general, al menos 12 mm de altura) y marcas o menciones adicionales que puedan estar prescritas (Ejemplo de mención especial: «PILAS DE LITIO PARA RECICLAJE» para pilas usadas que contengan pilas o baterías de litio transportadas según la disposición especial 377 o 636).

Etiquetado : Etiquetado de peligro principal y subsidiario, si procede, del bulto basándose en la columna 5 de la tabla A del ADR: etiquetas de 10 x 10 cm (salvo excepciones)

Los grandes recipientes para granel (GRG) con una capacidad superior a 450 litros y los grandes embalajes deben llevar etiquetas en dos lados opuestos.

Marca PELIGROSO PARA EL MEDIO AMBIENTE

Los bultos que contengan materias peligrosas para el medio ambiente (véase la mención de peligro según el CLP H400, H410, H411, H412, H413, H420) deben llevar la marca «materia peligrosa para el medio ambiente», salvo si se trata de embalajes simples o embalajes combinados que tengan, por embalaje simple o por envase interior de embalaje combinado según el caso:

  • Una cantidad inferior o igual a 5 l para los líquidos; o
  • Una masa neta inferior o igual a 5 kg para los sólidos.

ADR 2025: El reacondicionamiento de los embalajes de productos químicos desechados

Creación de los artículos 4.1.1.5.3 y 5.4.1.1.3.3

Si su centro debe gestionar la eliminación de residuos líquidos o sólidos contenidos en envases interiores de diferentes tamaños y formas para los cuales ya no dispone del embalaje exterior original (por ejemplo: eliminación de frascos de productos químicos para los que ya no tiene la caja homologada original), ahora puede reembalarlos en otro embalaje exterior. Las condiciones principales son:

  • El envase interior debe contener mercancías de las clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 8 o 9 únicamente
  • El embalaje exterior debe ser un embalaje (1H2, 1A2, 3A2, 3H1, 3H2, 4A, 4H2), un GRG (11A, 11H1, 11H2) o un embalaje grande (50A, 50H),
  • El embalaje exterior debe superar las pruebas del grupo de embalaje I (embalajes de mayor resistencia),
  • La compatibilidad química del embalaje de polietileno (PE) queda demostrada si se ha verificado la compatibilidad química del PE con todos los líquidos de referencia para un embalaje de polietileno 1H1 o 3H1,
  • Los restricciones de embalaje conjunto (« MP ») se cumplen,
  • El embalaje es realizado por personal que ha recibido una formación adecuada y detallada.

Selección de proveedores y transportistas

Se debe recurrir a un gestor de residuos que posea un recibo de declaración para la actividad de transporte de residuos y que haya designado a un consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas (CSTMD). Además del certificado de los CSTMD, podría ser útil solicitar a los transportistas sus certificados de declaración de su CSTMD en el portal de la administración.

Redacción del documento de transporte

Uso de los BSD TRACKDECHETS: Se admite el uso del formulario de seguimiento de residuos (BSD)

digitalizado TrackDéchets como documento de transporte de mercancías peligrosas, si este incluye todas las menciones exigidas por el ADR : Designación oficial de transporte, número y descripción de bultos, cantidades, menciones adicionales eventualmente prescritas (Ejemplo: mención «PELIGROSO PARA EL MEDIO AMBIENTE» para las materias que cumplen este criterio).

La mención RESIDUO o RESIDUO CONFORME AL 2.1.3.5.5 se añadirá a la designación según el caso y el procedimiento de clasificación (véase anteriormente):

Ejemplos:

UN 1203 RESIDUO DE GASOLINA, 3, II, (D/E) PELIGROSO PARA EL MEDIO AMBIENTE

UN 1993 LÍQUIDO INFLAMABLE N.E.P., 3, II, (D/E) RESIDUO CONFORME AL 2.1.3.5.5

Cantidad estimada: Desde el ADR 2023, es posible indicar una cantidad estimada bajo ciertas condiciones. La mención CANTIDAD ESTIMADA CONFORME AL 5.4.1.1.3.2 debe figurar en el documento de transporte.

Exención parcial 1.1.3.6 : Si se aplica la exención parcial del 1.1.3.6 entonces también será necesario

proporcionar un resumen de las cantidades totales y los «valores calculados» (ponderados) para cada categoría de transporte en el documento de transporte. En este caso, puede ser útil utilizar un resumen de carga que acompañe a los BSD

Recordatorio : La cantidad estimada no puede utilizarse bajo esta exención basada en las cantidades efectivamente cargadas a bordo de la unidad de transporte.

Control de expediciones

Se recomienda completar listas de verificación para comprobar las disposiciones aplicables a los envíos, en el marco de las responsabilidades del establecimiento donde se realiza la carga, definidas en el punto 2.1 del anexo I de la orden del 29 de mayo de 2009 modificada, conocida como TMD:

  • Control del certificado de formación del conductor (certificado de conductor ADR)
  • Control de la señalización del vehículo: paneles naranja (transporte de bultos)
  • Control del cumplimiento de las prohibiciones de carga en común (con explosivos)
  • Control de la sujeción y estiba de los bultos
  • Control y entrega del documento de transporte (BSD TRACKDECHET si se utiliza como documento de transporte de mercancías peligrosas)

Formación de su personal

Se debe impartir una formación ADR 1.3 a las personas encargadas, en particular, de:

  • La selección, compra de envases, proveedores,
  • La redacción del documento de transporte (Creación y verificación de las menciones ADR en los BSD en TRACKDECHET si este se utiliza como documento de transporte)
  • La preparación de los bultos: elección de los contenedores, marcado y etiquetado
  • La carga de las unidades de transporte
  • El control de los envíos.

Es necesario realizar cursos de reciclaje periódicos para adaptarse a los cambios normativos (decreto TMD y ADR cada dos años), aunque el ADR no especifica una periodicidad formal.

Gestión de la retroalimentación

Es necesario contar con un sistema de retroalimentación que permita conocer los tipos y el número de incidentes, accidentes y eventos relacionados con la gestión y el tratamiento de residuos (implementación de acciones correctivas o de mejora).

Declaración de eventos

Por otra parte, la misión de transporte de mercancías peligrosas (MTMD, encargada dentro de la dirección general de prevención de riesgos de la normativa sobre el transporte de mercancías peligrosas) puso en marcha en 2024 un servicio de declaración telemática de «sucesos relacionados con mercancías peligrosas» (mediante autenticación «Cerbère»).

Recordatorio : Los accidentes o incidentes graves contemplados son aquellos que ocurren durante la carga, el llenado, el transporte o la descarga de mercancías peligrosas si las consecuencias superan ciertos criterios establecidos en el punto 1.8.5.3 del ADR:

  • Daños personales: Fallecimiento, tratamiento médico intensivo, estancia hospitalaria de al menos 1 día, incapacidad laboral durante 3 días consecutivos o,
  • Pérdidas de producto : Cantidades superiores a 50, 333 o 1000 litros/kg, según las categorías de transporte de la mercancía (0 y 1 / 2 / 3 y 4) o
  • Nota : Cabe señalar que este criterio también se aplica si existe un riesgo inminente de pérdida de producto, especialmente si los daños en los medios de transporte (embalaje, cisterna, etc.) son demasiado graves para continuar el transporte con total seguridad.
  • Daños materiales : Superiores a 50 000 € (excluyendo el coste del medio de transporte) o,
  • Intervención de las autoridades o servicios de emergencia: Evacuación de personas o cierre de infraestructuras viarias durante al menos 3 horas.

¿Y el consejero de seguridad (CSTMD)?

El ADR exige que toda empresa cuyas actividades incluyan la expedición o el transporte de mercancías peligrosas por carretera, o las operaciones conexas de embalaje, carga, llenado o descarga, designe uno o varios consejeros de seguridad

La orden del 29 de mayo de 2009 (orden TMD) especifica las exenciones para la designación de un CSTMD en Francia. Entre otras, están exentas:

  • Los envíos de mercancías peligrosas en bultos, en cantidades inferiores a los umbrales definidos en el 1.1.3.6 del ADR, así como las operaciones de embalaje, carga o descarga de mercancías peligrosas en bultos en cantidades inferiores a dichos umbrales por operación,
  • Las operaciones ocasionales de carga o envío de bultos en una unidad de transporte con destino a un transporte nacional, siempre que el número de operaciones realizadas al año no sea superior a dos…

Todo centro que realice al menos un envío en cisterna está, de hecho, sujeto a la obligación de designar un CSTMD.

La declaración de su CSTMD debe realizarse en la plataforma del Ministerio de Transición Ecológica. El informe anual de su CS solo debe cargarse en esta plataforma si lo solicita la administración (DREAL, DEAL, DRIEE, DRIEA…).